Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 18-03-2025
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250318-23)
Crédito presupuestario subvenciones – Orden de 7 de marzo de 2025, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que declara el importe de los créditos presupuestarios disponibles para la concesión directa en el año 2025, de las subvenciones para el fomento del emprendimiento colectivo en el ámbito de la Comunidad de Madrid
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Crédito presupuestario subvenciones – Orden de 7 de marzo de 2025, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que declara el importe de los créditos presupuestarios disponibles para la concesión directa en el año 2025, de las subvenciones para el fomento del emprendimiento colectivo en el ámbito de la Comunidad de MadridB.O.C.M. Núm. 65
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE MARZO DE 2025
Pág. 77
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
23
ORDEN de 7 de marzo de 2025, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que declara el importe de los créditos presupuestarios disponibles
para la concesión directa en el año 2025, de las subvenciones para el fomento
del emprendimiento colectivo en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid establece en el artículo 4.5.c), que podrán concederse de forma directa y con carácter excepcional,
aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o
humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. El órgano concedente deberá publicar la declaración de los créditos presupuestarios disponibles
para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, previa la tramitación del expediente de gasto que corresponda.
Aprobadas las normas reguladoras y el procedimiento de concesión directa de las subvenciones para el fomento del emprendimiento colectivo, mediante Acuerdo de 26 de diciembre de 2024 del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID 30 de diciembre de 2024), al concurrir las razones excepcionales establecidas para
la aplicación del procedimiento de concesión directa, y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, en lo que se refiere a la declaración de los créditos presupuestarios para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, como órgano concedente de las referidas ayudas, de
acuerdo con el artículo 7 de la citada Ley 2/1995,
RESUELVO
Primero
El importe de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de
contenido económico derivadas de la concesión directa, durante el año 2025, de las subvenciones para el fomento del emprendimiento colectivo es de 3.000.000 de euros.
Las referidas obligaciones se financiarán con cargo a los siguientes subconceptos del
Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid del año 2025:
— Subconcepto 47200 del Programa 241N: 2.000.000 de euros.
— Subconcepto 77400 del Programa 241N: 1.000.000 de euros.
Contra esta orden que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse bien recurso
potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación, o bien directamente recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno
deducir, todo ello de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
así como en los artículos 10, 46 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa Madrid, a de marzo de 2025.
Madrid, a 7 de marzo de 2025.—La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, P. D.
(Orden de 17 de abril de 2024; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 108, de 7 de mayo de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo), el Viceconsejero de Economía y Empleo, Daniel Rodríguez Asensio.
(03/3.692/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20250318-23
Segundo
Otras ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 18-03-2025
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