Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 04-04-2025
Madrid (BOCM-20250404-47)
Régimen económico. Distrito de Carabanchel. Extracto convocatoria subvenciones
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Régimen económico. Distrito de Carabanchel. Extracto convocatoria subvencionesB.O.C.M. Núm. 80
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 4 DE ABRIL DE 2025
Pág. 243
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
47
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del decreto de 22 de marzo de 2025, del concejal-presidente del Distrito
de Carabanchel, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones de fomento del
asociacionismo parar el año 2025.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ): 823022.
Primero. Beneficiarios.—Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el
Distrito de Carabanchel y estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus
organismos públicos aprobada por acuerdo plenario, de 30 de octubre de 2013, modificada
por el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2017 (última actualización publicada el 13/12/2023, OBRGS).
Segundo. Objeto.—La finalidad de esta convocatoria de subvenciones es fortalecer
el tejido asociativo y promover la implicación activa de los ciudadanos en la vida comunitaria, contribuyendo a consolidar la continuidad y el crecimiento de las asociaciones, así
como a mejorar la cohesión social, el bienestar y la calidad de vida en los barrios.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la
concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos,
de 30 de octubre de 2013, modificada por el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de
Madrid, de 31 de mayo de 2017 (última actualización publicada el 13/12/2023, OBRGS,
publicada en www.madrid.es ).
Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria asciende a: ciento
dos mil euros (102.000 euros), que se distribuirán de la siguiente forma:
— Modalidad de Proyectos: cincuenta y cinco mil euros (55.000 euros).
— Modalidad de Gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios: cuarenta y cinco mil euros (47.000 euros), cuyo desglose es el siguiente:
d Gastos de alquiler y funcionamiento de sede social: cuarenta mil euros (40.000
euros).
d Gastos de adquisición de mobiliario y equipamiento: cinco mil euros (7.000
euros).
La cuantía de la subvención se considerará importe cierto quedando de cuenta del beneficiario la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución de la actividad subvencionada, debiendo ser reintegrada, en su caso, la financiación pública por el importe en
que la misma exceda del coste total de dicha actividad.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
— Convocatoria ordinaria 2025: el plazo de presentación de solicitudes será de 15
días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del extracto de las convocatorias en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.2 de la LGS.
Sexto. Otros datos.—Esta convocatoria de subvenciones se desarrolla en régimen de
concurrencia competitiva.
Las solicitudes de subvención se formalizarán conforme al modelo que figura como
solicitud de subvención en la presente convocatoria.
Para la modalidad de proyectos, junto a la solicitud de subvención, se acompañará una
Memoria explicativa del proyecto que habrá de cumplimentarse en el Anexo I.
BOCM-20250404-47
Distrito de Carabanchel
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