Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 16-05-2025

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
16/05/2025 Ayudas

C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20250516-22)

Concesión ayudasResolución de 5 de mayo de 2025, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se aprueba el cuarto listado de requeridos de cobro en el proceso de concesión directa de las ayudas a las personas arrendatarias en situación de vulnerabilidad sobrevenida, previsto en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono de Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025

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Concesión ayudas – Resolución de 5 de mayo de 2025, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se aprueba el cuarto listado de requeridos de cobro en el proceso de concesión directa de las ayudas a las personas arrendatarias en situación de vulnerabilidad sobrevenida, previsto en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono de Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025
Página 1 del anuncio BOCM
B.O.C.M. Núm. 116

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE MAYO DE 2025

Pág. 127

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras
22

RESOLUCIÓN de 5 de mayo de 2025, de la Consejería de Vivienda, Transportes e
Infraestructuras, por la que se aprueba el cuarto listado de requeridos de cobro en
el proceso de concesión directa de las ayudas a las personas arrendatarias en situación de vulnerabilidad sobrevenida, previsto en el Real Decreto 42/2022, de 18
de enero, por el que se regula el Bono de Alquiler Joven y el Plan Estatal para el
acceso a la vivienda 2022-2025.

Mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de 26 de octubre de 2022, se aprueban las
normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de las ayudas a las
personas arrendatarias en situación de vulnerabilidad sobrevenida, previsto en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono de Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.
De conformidad con lo establecido en la disposición final primera del citado Acuerdo,
que faculta al titular de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras para dictar cuantos actos e instrucciones sean necesarios para el desarrollo y aplicación de lo dispuesto en el mismo, esta Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras:
RESUELVE
Primero
Aprobar el cuarto listado de solicitantes requeridos de cobro por no haber aportado la
documentación exigida en el Acuerdo de Consejo de Gobierno, de 26 de octubre de 2022,
con indicación del motivo de subsanación.
Al amparo de lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que posibilita la
publicación de los actos administrativos cuando lo aconsejen razones de interés público
apreciadas por el órgano competente, el listado será publicado a efectos de su consulta en
la sede electrónica de la Comunidad de Madrid: www.comunidad.madrid

1. Los solicitantes incluidos en el listado de requeridos de cobro dispondrán de un plazo máximo de quince días hábiles para formular alegaciones y/o aportar la documentación
preceptiva, de conformidad con el artículo 70.3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Los pagos estarán condicionados a la presentación, por parte de la persona arrendataria, de la documentación acreditativa del pago del arrendamiento correspondiente a las
mensualidades abonadas en el pago anterior.
Esta documentación acreditativa debe evidenciar el descuento aplicado en la cuantía del
precio del alquiler durante las mensualidades abonadas, y se presentará desde día 1 al 15 del
último mes de cada período para el que se ha realizado el pago anticipado por parte de la Comunidad de Madrid.
Se considerará documentación acreditativa del pago del arrendamiento, exclusivamente, los justificantes bancarios del pago del alquiler en la cuenta indicada a tal fin en el contrato de arrendamiento y en la declaración responsable firmada por la persona arrendadora.
La no presentación de la documentación acreditativa en el plazo señalado, o el impago de la renta de cualquiera de las mensualidades indicadas en el párrafo anterior, determinará la pérdida del derecho a la subvención correspondiente a las mensualidades afectadas
y llevará consigo, en su caso, la exigencia al arrendador del reintegro de las cantidades indebidamente percibidas y demás responsabilidades establecidas en la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones.
Transcurridos los primeros 12 meses del período subvencionable, para el tercer pago, las
personas beneficiarias de la ayuda deberán aportar, además de la documentación acreditativa
del pago del arrendamiento de las seis mensualidades anteriores, la documentación requerida

BOCM-20250516-22

Segundo

Otras ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 16-05-2025

B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20250516-12) Empleo

Puesto libre designación – Orden 847/2025, de 5 de mayo, de la Consejera de Sanidad, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden 286/2025, de 24 de febrero, de esta Consejería de Sanidad (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de marzo), para la provisión de...

C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20250516-21) Ayudas

Crédito presupuestario ayudas – Orden de 3 de mayo de 2025, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible en el año 2025 para el programa Mi Primera Vivienda y se abre el plazo de presentación de solicitudes de...

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C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250516-24) Ayudas

Bases subvenciones – Orden 1098/2025, de 5 de mayo, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se modifica la Orden 1410/2024, de 23 de abril, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a...

C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250516-25) Ayudas

Bases subvenciones – Orden 1099/2025, de 5 de mayo, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se modifica la Orden 1388/2024, de 23 de abril, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a...

Madrid (BOCM-20250516-43) Ayudas

Régimen económico. Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad. Extracto convocatoria subvenciones

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