Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 06-08-2025
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250806-15)
Plan estratégico subvenciones – Orden 3039/2025, de 21 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se crea la línea 3 del Anexo III del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior para el período 2024-2027, aprobado mediante Orden 396/2024, de 2 de febrero
Buscador de información oficial
¿No encuentras lo que buscas? No desesperes y deja de perder más el tiempo.
Reta a nuestro buscador a encontrarlo...¡dale caña!
Comenzar a buscarHemos integrado ChatGPT y Oficius
Prueba a buscar información oficial con inteligencia artificial.
Buscar con inteligencia artificialContenido de la primera página
Plan estratégico subvenciones – Orden 3039/2025, de 21 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se crea la línea 3 del Anexo III del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior para el período 2024-2027, aprobado mediante Orden 396/2024, de 2 de febreroB.O.C.M. Núm. 186
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 6 DE AGOSTO DE 2025
Pág. 73
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
ORDEN 3039/2025, de 21 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se crea la línea 3 del Anexo III del Plan Estratégico de
Subvenciones de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior para el
período 2024-2027, aprobado mediante Orden 396/2024, de 2 de febrero.
Mediante la Orden 396/2024, de 2 de febrero, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, para el período
2024-2027, como un instrumento valioso para orientar las políticas públicas que tienen por
objeto el fomento de actividades de utilidad pública o de interés social o de promoción de
una finalidad pública.
Este Plan se inscribe en el marco de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno como «información institucional, organizativa y de planificación» que ha de ser objeto de publicidad activa, y en el marco de la Ley 10/2019, de 1 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad
de Madrid.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, lo dispuesto en este Plan es una previsión y
como tal está sometido a los créditos que se aprueben en las correspondientes Leyes anuales de Presupuestos de la Comunidad de Madrid y, por tanto, está supeditado, a criterios de
estabilidad presupuestaria.
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su artículo 8.1, establece con el carácter de legislación básica del Estado que:
“Los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el
establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos o efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo
necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria”.
Asimismo, el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, establece la planificación
como principio general de la actividad subvencionadora, en concordancia con lo dispuesto
en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
Sobre la base de dichos preceptos, en este momento, se considera conveniente incorporar al anexo III del Plan Estratégico de Subvenciones arriba citado una nueva línea de
subvención, concretamente, la 3, denominada “Concesión de Premios de Catadores de
Aceite de Oliva Virgen”.
Y ello, a fin de promover, a través del reconocimiento de la excelencia, a las personas que,
mediante su constancia y entrenamiento, ayudan a garantizar la calidad del aceite de oliva posicionando a la Comunidad de Madrid como una región comprometida con la producción de
aceites de oliva virgen extra de alta calidad, impulsando, de esta manera, su conocimiento y divulgación en el siempre competitivo mercado en el que se desenvuelve este sector.
Por todo lo anteriormente expuesto, se considera procedente modificar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería para el período 2024-2027.
En su virtud, y de conformidad con lo previsto en los artículos 4 bis y 7 de la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, el artículo 12.2 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 50.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre,
de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,
BOCM-20250806-15
15
Otras ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 06-08-2025
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 2852/2025, de 17 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de cooperación para la vertebración del territorio, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER)...
Concesión subvenciones – Resolución de 21 de julio de 2025, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se publican las subvenciones concedidas durante el segundo trimestre de 2025 por la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación
Hemos encontrado más información de empleo y ayudas relacionados pero están ocultos porque eres un usuario anónimo.
Para ver todo el contenido debes ser un usuario registrado. A continuación podrás iniciar sesión o crear una nueva cuenta.
Régimen económico. Ordenanza concesión ayudas violencia género
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones