Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 07-08-2025
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250807-9)
Regulación concesión ayudas – Orden de 29 de julio de 2025, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que amplía el plazo de justificación previsto en el artículo 21 del Acuerdo de 26 de febrero de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de ayudas para el fomento de la actividad comercial en municipios de la Comunidad de Madrid con población inferior a 1.000 habitantes
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Regulación concesión ayudas – Orden de 29 de julio de 2025, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que amplía el plazo de justificación previsto en el artículo 21 del Acuerdo de 26 de febrero de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de ayudas para el fomento de la actividad comercial en municipios de la Comunidad de Madrid con población inferior a 1.000 habitantesPág. 42
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 7 DE AGOSTO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 187
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
ORDEN de 29 de julio de 2025, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que amplía el plazo de justificación previsto en el artículo 21 del Acuerdo de 26 de febrero de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que
se aprueban las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de
ayudas para el fomento de la actividad comercial en municipios de la Comunidad de Madrid con población inferior a 1.000 habitantes.
En el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 56, del 7 de marzo
de 2025, se publicó el Acuerdo de 26 de febrero de 2025, del Consejo de Gobierno, por el
que se aprueban las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de ayudas
para el fomento de la actividad comercial en municipios de la Comunidad de Madrid con
población inferior a 1.000 habitantes.
La finalidad de estas ayudas es fomentar el comercio en pequeños municipios de la Comunidad de Madrid apoyando la creación y mantenimiento de la actividad comercial que
favorezcan el tejido productivo, el empleo y los servicios de proximidad en zonas de reto
demográfico.
Con tal fin se establecen dos líneas de ayuda:
— Línea 1: Ayudas a la apertura de nuevos establecimientos comerciales de productos y servicios básicos.
— Línea 2: Ayudas al mantenimiento de establecimientos comerciales de productos
y servicios básicos.
El artículo 13 en relación con el artículo 19 del Acuerdo de 26 de febrero de 2025, establecen que el procedimiento de concesión será mediante concesión directa y se resolverá
cada una de las solicitudes en tanto exista crédito presupuestario disponible, en cada línea
de subvención; y, el artículo 11 determina que serán subvencionables los gastos en que incurra el beneficiario desde el 1 de julio inmediatamente anterior al de presentación de la solicitud hasta el 30 de junio posterior.
Por su parte, el artículo 21 del mismo texto dispone que “El plazo de justificación será
de dos meses desde la finalización del período subvencionable, sin perjuicio de la posibilidad de la ampliación del mismo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 del Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones”.
En el mismo sentido, el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, faculta a la Administración a conceder una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los
mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero.
Abierto el plazo de presentación de solicitudes y tras la instrucción del correspondiente procedimiento, se han ido resolviendo favorablemente las solicitudes que cumplen con
los requisitos establecidos para ello. No obstante, aún resta crédito presupuestario en ambas
líneas de la convocatoria para atender las solicitudes de ayuda válidamente presentadas hasta
el 30 de junio de 2025 y que aún no han sido concedidas, por encontrarse en distintas fases de
este procedimiento: análisis de las solicitudes y documentación que acompaña a las mismas,
subsanación o mejora de solicitudes, o fase de fiscalización de la propuesta de concesión.
Considerando la entidad de las circunstancias que han sido expuestas y dado que el 30 de
agosto de 2025 finaliza el plazo para presentar la documentación justificativa de la concesión de subvenciones que pueden resolverse durante los meses de agosto y septiembre, se
considera la necesidad ampliar de oficio y con carácter general el plazo para remitir la documentación justificativa de la subvención concedida sin que tal ampliación perjudique derechos de terceros.
Por todo ello, con amparo en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y en
ejercicio de la facultad atribuida en el artículo 21 del Acuerdo de 26 de febrero de 2025, del
Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras del procedimiento
de concesión directa de ayudas para el fomento de la actividad comercial en municipios de
BOCM-20250807-9
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Otras ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 07-08-2025
Concurso de méritos – Orden de 28 de julio de 2025, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden de 16 de abril de 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de abril), para la provisión...
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Convocatoria contrato – Resolución del 28 de julio de 2025, del Consejero-Delegado de la Agencia de Contratación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, por la que se hace pública la convocatoria del anuncio de licitación del contrato de “Contratación de servicio de supervisión de los proyectos básicos y de ejecución...
Régimen económico. Distrito de Tetuán. Extracto convocatoria subvenciones