Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 28-10-2025
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20251028-24)
Plan estratégico subvenciones – Orden 4907/2025, de 15 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones de la Viceconsejería de Universidades, Investigación y Ciencia para los ejercicios 2024, 2025 y 2026, aprobado por la Orden 4099/2024, de 20 de septiembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades
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Plan estratégico subvenciones – Orden 4907/2025, de 15 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones de la Viceconsejería de Universidades, Investigación y Ciencia para los ejercicios 2024, 2025 y 2026, aprobado por la Orden 4099/2024, de 20 de septiembre, del Consejero de Educación, Ciencia y UniversidadesB.O.C.M. Núm. 257
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 28 DE OCTUBRE DE 2025
Pág. 91
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
24
ORDEN 4907/2025, de 15 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones de la Viceconsejería de Universidades, Investigación y Ciencia para los ejercicios 2024, 2025
y 2026, aprobado por la Orden 4099/2024, de 20 de septiembre, del Consejero de
Educación, Ciencia y Universidades.
BOCM-20251028-24
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, se dictó la Orden 4099/2024, de 20 de septiembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba el
Plan Estratégico de Subvenciones de la Viceconsejería de Universidades, Investigación y
Ciencia, para los ejercicios 2024, 2025 y 2026, que reúne en un único instrumento jurídico
todos los planes estratégicos de subvenciones cuya propuesta corresponde a los centros directivos adscritos a dicha Viceconsejería.
La citada Orden 4099/2024, de 20 de septiembre, ha sido modificada mediante las siguientes órdenes: Orden 5805/2024, de 16 de diciembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades; Orden 1002/2025, de 21 de abril, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, y Orden 2072/2025, de 5 de junio, de la Consejería de Educación, Ciencia y
Universidades.
Es ahora necesario proceder a la actualización del citado Plan Estratégico de Subvenciones de la Viceconsejería de Universidades, Investigación y Ciencia con el fin de optimizar la asignación de los recursos públicos establecidos para las líneas de subvenciones previstas para las becas de excelencia académica y la correspondiente a las becas de excelencia
académica deportiva, adecuándolas tanto al contexto educativo como a la realidad socioeconómica actual. En el caso de las becas de excelencia académica deportiva, las medidas
de actuación y mejora de la convocatoria han llevado a reducir su presupuesto, al haberse
detectado un remanente en el presupuesto de dicha línea en el ejercicio 2024.
Por otra parte, debe incluirse dos nuevas líneas a desarrollar en los siguientes ejercicios presupuestarios:
En primer lugar, se aprueba una nueva línea de ayudas para financiar la contratación
en las universidades públicas de la Comunidad de Madrid de profesores visitantes provenientes de otras universidades y centros de investigación, tanto españoles como extranjeros, con la finalidad de mejorar la calidad de la educación universitaria de la región en el
marco del Programa “Américo Castro”.
Asimismo, se incorpora una línea de subvención destinada a financiar un marco de colaboración con la Fundación para el Conocimiento MADRIMASD, con el fin de impulsar
el aseguramiento de la calidad del sistema universitario de la Comunidad de Madrid, su internacionalización y la conexión con el tejido social y empresarial madrileño; dar respuesta a las necesidades actuales del sistema universitario madrileño y seguir avanzando hacia
la consecución de una educación superior más equitativa, moderna y adaptada a las necesidades de la sociedad madrileña.
Por cuanto antecede, de conformidad con lo previsto en los artículos 4 bis y 7 de la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, y en el artículo 50.3 de la Ley 1/1983, de 1 de diciembre, de
Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y a fin de dar cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
Otras ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 28-10-2025
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