Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 29-10-2025
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20251029-24)
Concesión ayudas – Orden 4841/2025, de 16 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelve la convocatoria para el año 2025 de las ayudas a los ayuntamientos de la región para colaborar en el sostenimiento de los colegios públicos de Educación Infantil, Educación Primaria y/o Educación Especial radicados en su municipio en los que se imparte Educación Secundaria Obligatoria, primer ciclo de Educación Infantil o en los que se escolarizan alumnos censados en otros municipios por falta o insuficiencia de oferta educativa
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Concesión ayudas – Orden 4841/2025, de 16 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelve la convocatoria para el año 2025 de las ayudas a los ayuntamientos de la región para colaborar en el sostenimiento de los colegios públicos de Educación Infantil, Educación Primaria y/o Educación Especial radicados en su municipio en los que se imparte Educación Secundaria Obligatoria, primer ciclo de Educación Infantil o en los que se escolarizan alumnos censados en otros municipios por falta o insuficiencia de oferta educativaPág. 102
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 29 DE OCTUBRE DE 2025
B.O.C.M. Núm. 258
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
ORDEN 4841/2025, de 16 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y
Universidades, por la que se resuelve la convocatoria para el año 2025 de las
ayudas a los ayuntamientos de la región para colaborar en el sostenimiento de
los colegios públicos de Educación Infantil, Educación Primaria y/o Educación
Especial radicados en su municipio en los que se imparte Educación Secundaria
Obligatoria, primer ciclo de Educación Infantil o en los que se escolarizan alumnos censados en otros municipios por falta o insuficiencia de oferta educativa.
La Orden 1438/2023, de 27 de abril, del Vicepresidente, Consejero de Educación y
Universidades, estableció las bases reguladoras de la colaboración económica de la Comunidad de Madrid con los ayuntamientos de la región para el sostenimiento de los colegios
públicos de Educación Infantil, Educación Primaria y/o Educación Especial radicados en
su municipio en los que se imparte Educación Secundaria Obligatoria, primer ciclo de Educación Infantil o en los que se escolarizan alumnos censados en otros municipios por falta
o insuficiencia de oferta educativa.
Mediante la Orden 2074/2025, de 10 de junio, del Consejero de Educación, Ciencia y
Universidades, se convocaron para el año 2025 las citadas ayudas y se estableció la cuantía máxima del crédito en 2025 para su distribución entre los ayuntamientos solicitantes,
siendo su importe de 1.500.000 euros, así como los aspectos relativos al procedimiento, plazos y criterios de valoración.
La distribución de crédito que se indica en el dispongo quinto de la Orden 2074/2025,
de 10 de junio, recoge que, en caso de no resultar suficiente el crédito disponible para aplicar el valor máximo en alguno de los módulos, se reducirá el módulo correspondiente de
forma proporcional. Dichas cantidades contribuirán a sufragar los gastos de mantenimiento, vigilancia y conservación de los citados colegios públicos concernidos en esta orden por
parte de los respectivos ayuntamientos.
La comisión de valoración que se describe en el citado dispongo quinto y en el artículo 9
de la Orden 1438/2023, de 27 de abril, ha establecido que, para 2025, en el supuesto recogido en el dispongo segundo apartado 1 de la Orden 2074/2025, de 10 de junio, el módulo por
unidad que haya sido preciso poner en funcionamiento para impartir Educación Secundaria
Obligatoria en colegios públicos de Educación Infantil y Primaria será de 2490,7749.
Por otra parte, para el supuesto recogido en el dispongo segundo apartado 2 de la citada Orden 2074/2025, de 10 de junio, el módulo por unidad que haya sido preciso poner en
funcionamiento para impartir primer ciclo de Educación Infantil en colegios públicos de
Educación Infantil y Primaria será de 4054,0541.
Por último, el módulo anual por cada alumno escolarizado dentro del supuesto recogido en el dispongo segundo apartado 3, supuestos a), b), c) de la citada Orden 2074/2025,
de 10 de junio, será de 89,6925 y el módulo anual por cada unidad que haya sido preciso
poner en funcionamiento en dichos supuestos será de 553,2787.
En aplicación de los módulos y conceptos antes mencionados, la Dirección General de
Educación Infantil, Primaria y Especial como órgano instructor formuló propuesta de resolución provisional de fecha 23 de septiembre de 2025, que fue notificada debidamente a los
interesados. Por tanto, a la vista de dicha propuesta y en uso de las competencias atribuidas
por el artículo 12 de la Orden 1438/2023, de 27 de abril, en relación con el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades,
DISPONGO
Primero
Cuantía de las aportaciones
La cuantía de las aportaciones económicas de la Consejería de Educación, Ciencia y
Universidades destinada a los ayuntamientos de la región, que lo han solicitado al amparo
BOCM-20251029-24
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Otras ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 29-10-2025
Programa inversión regional – Acuerdo de 22 de octubre de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Plan Anual de Gestión de Subvenciones para Gastos Corrientes del año 2025, en desarrollo del Programa de Inversiones Regional 2022-2026, y se autoriza un gasto de 9.851.468,90 euros, destinado...
Concesión ayudas – Orden 4996/2025, de 16 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas para la implantación del programa de auxiliares de danza en centros educativos madrileños a desarrollar en el curso académico 2025-2026
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Convenio – Convenio de 3 de octubre de 2025, entre la Comunidad de Madrid y el Ateneo Científico, Literario y Artístico de Madrid, en virtud del cual se formaliza, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, la concesión directa de una subvención a dicha entidad por importe...
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones