Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 09-12-2025
Aranjuez (BOCM-20251209-62)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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Régimen económico. Extracto convocatoria subvencionesPág. 318
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE DICIEMBRE DE 2025
B.O.C.M. Núm. 293
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
62
ARANJUEZ
RÉGIMEN ECONÓMICO
Convocatoria y bases reguladoras de ayudas para la realización de actividades socioeducativas en días no lectivos de navidad, curso 2025-2026.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/871748
1. Objeto.—La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas por parte del Ayuntamiento de Aranjuez dirigidas a sufragar parte del coste de las Actividades que
se realizan en los centros educativos durante los días no lectivos (22, 23, 26, 29, 30 de diciembre 2025 y 2, 5, 7 de enero 2026) del Curso 2025-2026. Estas ayudas tienen como objetivo fundamental, por un lado, posibilitar la conciliación de la vida laboral y familiar y por
otro, ayudar a las familias con carencias económicas y en situación de vulnerabilidad social.
2. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarios de estas becas los padres/madres o tutores legales de alumnos que cursen estudios de Educación Infantil, Educación Primaria y
Educación Especial, en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la localidad,
que cumplan los siguientes requisitos:
1) La unidad familiar solicitante de la ayuda debe estar empadronada en la localidad.
A estos efectos, el solicitante de la beca autoriza a la Delegación de Educación a
comprobar de oficio el empadronamiento de la unidad familiar a través del Padrón
Municipal de Habitantes.
2) Solo podrán solicitar estas ayudas aquellas familias que en el año 2024, tuviesen
una renta per cápita inferior a 1,5 veces el IPREM (7.200,00 × 1,5) 10.800,00 euros.
Aquellas solicitudes que superen este umbral de renta per cápita serán excluidas
de la presente convocatoria.
3) Los beneficiarios de la ayuda deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Aranjuez a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes, sin perjuicio de los restantes requisitos previstos legal
y reglamentariamente. A estos efectos, el solicitante de la beca autoriza a la Delegación de Educación a comprobar de oficio la situación actual, a través del
departamento de Recaudación Municipal.
3. Cuantía global máxima.—Al objeto de financiar las ayudas que se rigen por la presente convocatoria, el Ayuntamiento de Aranjuez destinará hasta la cantidad de 1.440 euros
con cargo a la partida presupuestaria 41.3340.48100.
4. Solicitudes, lugar y plazo de presentación.—Las solicitudes de ayuda se entregarán
debidamente cumplimentadas, con toda la documentación requerida, en la Oficina de Atención al Ciudadano (Registro General del Ayuntamiento, sin cita previa). El plazo de presentación de solicitudes será de 7 días hábiles a partir del siguiente a su publicación en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Aranjuez, a 28 de noviembre de 2025.—El interventor general, Rafael Gallego Martín.
(03/19.829/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20251209-62
BDNS (Identif.): 871748
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