Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 22-01-2026
Galapagar (BOCM-20260122-55)
Organización y funcionamiento. Ordenanza ayuda domicilio
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Organización y funcionamiento. Ordenanza ayuda domicilioB.O.C.M. Núm. 18
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE ENERO DE 2026
Pág. 131
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
55
GALAPAGAR
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
El Pleno del Ayuntamiento de Galapagar, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de
septiembre de 2025, acordó aprobar inicialmente la ordenanza municipal reguladora de las
prestaciones económicas de emergencia social y prestaciones materiales del servicio de
ayuda a domicilio y del servicio de teleasistencia domiciliaria del Ayuntamiento de Galapagar, disponiendo la apertura del período de información pública.
Al haber transcurrido el período de información pública de 30 días abierto con la publicación de un edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 251,
de 21 de octubre de 2025, sin que se hayan presentado reclamaciones y sugerencias, de
acuerdo con lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, se tiene por aprobada definitivamente la ordenanza municipal reguladora de las prestaciones económicas de
emergencia social y prestaciones materiales del servicio de ayuda a domicilio y del servicio de teleasistencia domiciliaria del Ayuntamiento de Galapagar.
En ejecución del acuerdo plenario se dispone la publicación del texto íntegro de la ordenanza para su entrada en vigor, de acuerdo con el artículo 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.
Régimen de recursos.—Contra la aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza municipal reguladora de las prestaciones económicas de emergencia social y prestaciones materiales del servicio de ayuda a domicilio y del servicio de teleasistencia domiciliaria del Ayuntamiento de Galapagar, por tratarse de una disposición de carácter general,
cabe interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar
desde el día siguiente al de la publicación del texto íntegro en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo que disponen los artículos 112 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 10, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LAS PRESTACIONES ECONÓMICAS
DE EMERGENCIA SOCIAL Y PRESTACIONES MATERIALES DEL SERVICIO DE AYUDA
A DOMICILIO Y DEL SERVICIO DE TELEASISTENCIA DOMICILIARIA
DEL AYUNTAMIENTO DE GALAPAGAR
La Constitución Española de 1978 en su artículo 9.2 afirma que: «corresponde a los poderes públicos
promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se
integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar
la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social», así como
en el art. 39.1 establece que «los poderes públicos garantizarán la protección social, económica y
jurídica de la familia.» Estableciendo en el artículo 148.1.20 que dicha competencia «le corresponde
a las Comunidades Autónomas, en el marco de sus Estatutos y a través de las Leyes de Servicios
Sociales.»
Asimismo, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, establece en
su artículo 25.2, letra e), que el municipio ejercerá las competencias en materia de evaluación e
información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o
riesgo de exclusión social como propias.
BOCM-20260122-55
Los servicios sociales son una herramienta esencial para el avance del bienestar de nuestra
sociedad. Son un sistema integrado de servicios y prestaciones que tratan de garantizar y
promocionar la autonomía personal, la creación de oportunidades y en general la mejora de las
condiciones de vida.
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