Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 24-01-2026
D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20260124-17)
Convenio – Convenio de 26 de diciembre de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior) y la Mancomunidad del Este, en virtud del cual se instrumenta la concesión de una subvención nominativa por importe de 1.038.319,38 euros para financiar la gestión de los residuos domésticos de los municipios integrantes de la Mancomunidad del Este durante el año 2025, así como para financiar los costes de gases de efecto invernadero correspondientes al 2024
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Convenio – Convenio de 26 de diciembre de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior) y la Mancomunidad del Este, en virtud del cual se instrumenta la concesión de una subvención nominativa por importe de 1.038.319,38 euros para financiar la gestión de los residuos domésticos de los municipios integrantes de la Mancomunidad del Este durante el año 2025, así como para financiar los costes de gases de efecto invernadero correspondientes al 2024B.O.C.M. Núm. 20
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 24 DE ENERO DE 2026
Pág. 191
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
17
CONVENIO de 26 de diciembre de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior) y la Mancomunidad del Este,
en virtud del cual se instrumenta la concesión de una subvención nominativa
por importe de 1.038.319,38 euros para financiar la gestión de los residuos domésticos de los municipios integrantes de la Mancomunidad del Este durante el
año 2025, así como para financiar los costes de gases de efecto invernadero correspondientes al 2024.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. D. Manuel Miguel Beceiro Garat, Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior en virtud del Decreto 55/2025, de 9 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se dispone su nombramiento
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 163, de 10 de julio de 2025),
actuando conforme a las atribuciones que le confiere la Orden 984/2024, del 15 de marzo,
de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y la firma de convenios, se desconcentra el protectorado
de fundaciones y se designa con carácter permanente a los miembros de las mesas de contratación de la Consejería.
De otra, don Antonio Theodori Andrés, Ilmo. Presidente de la Mancomunidad del Este,
ostentando todas las facultades legales, y de representación de la Mancomunidad, tal como
se dispone en el artículo 135 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo de Administración Local de
la Comunidad de Madrid.
EXPONEN
La Ley 1/2024, de 17 de abril, de Economía Circular de la Comunidad de Madrid, la
Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una Economía Circular,
y la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, atribuyen a las entidades locales una serie de competencias en materia de recogida, transporte y tratamiento de residuos.
Concretamente, el artículo 6.2 de la Ley de la Ley 1/2024, de 17 de abril, determina la
competencia de las Entidades Locales para la gestión de los residuos domésticos, de acuerdo con los objetivos establecidos por la Comunidad de Madrid.
Por su parte, la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de modificación de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, así como el texto refundido de la
Ley reguladora de las Haciendas Locales aprobada por Real Decreto Legislativo 2/2004
de 5 de marzo, también atribuyen a las diputaciones provinciales una serie de competencias
que, en el caso de la Comunidad de Madrid, en virtud del artículo 40 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, serán asumidas por ella misma al
tener carácter uniprovincial.
Asimismo, la Ley 7/2022, de 8 de abril de residuos y suelos contaminados para una
economía circular, establece el régimen de competencias de la planificación, la prevención
y la gestión de los residuos en España, atribuyendo distintas responsabilidades en esta materia a la Administración General del Estado, a las Comunidades Autónomas y a las Entidades Locales.
Por lo que se refiere a las competencias de la Comunidad de Madrid y de las Entidades
Locales, éstas quedan determinadas por el artículo 12, epígrafes 4 y 5 respectivamente de la
Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular y
en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
BOCM-20260124-17
Primero
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