Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 02-02-2026
Madrid (BOCM-20260202-37)
Régimen económico. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Concesión subvenciones
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Régimen económico. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Concesión subvencionesPág. 354
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE FEBRERO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 27
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
37
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad
Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad por el que se resuelve la convocatoria pública de subvenciones para el achatarramiento de autobuses y autocares de transporte público discrecional o transporte privado complementario, anualidad 2025.
Vista la propuesta de la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental de
fecha 15 de enero de 2026 para la resolución de la convocatoria pública de subvenciones
para el achatarramiento de autobuses y autocares de transporte público discrecional o transporte privado complementario, anualidad 2025, y con base en los siguientes,
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.—Mediante decreto de 28 de marzo de 2025 del Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad publicado el 7 de abril de 2025 en el
BOAM número 9.855 y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 82, se aprobó la convocatoria pública de subvenciones para el achatarramiento de autobuses y autocares de transporte público discrecional o transporte privado complementario,
anualidad 2025.
Según lo previsto en su apartado 3, el crédito destinado a esta convocatoria asciende a
doscientos mil euros (200.000 euros).
Segundo.—El órgano instructor de la línea de ayudas es la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y
Movilidad.
Tercero.—Mediante resolución del Director General de Sostenibilidad y Control Ambiental de 13 de noviembre de 2025 publicada en el BOAM número 10.007 de 17 de noviembre, se propuso provisionalmente al beneficiario de la citada convocatoria y el importe de la ayuda, otorgándose un plazo de diez días para formular alegaciones.
Cuarto.—La Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental emitió propuesta de resolución definitiva en fecha 12 de diciembre de 2025 publicada en el “Boletín
Oficial del Ayuntamiento de Madrid” número 10.028, de fecha 17 de diciembre de 2025,
en la que se otorgaba un plazo de diez días hábiles a contar desde su publicación en el
BOAM para poder renunciar a la ayuda propuesta.
Quinto.—En fecha 15 de enero de 2026 la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental propone que sea resuelta la mencionada convocatoria, toda vez que habiendo
transcurrido el citado plazo de 10 días hábiles, no se ha recibido renuncia o desistimiento.
A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes,
Primero.—Tal y como se establece en el apartado 4.1 de la convocatoria, en su tramitación se ha seguido el procedimiento simplificado de concurrencia competitiva previsto en
el artículo 26.5.a) de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de
Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30 de octubre
de 2013 (en adelante, OBRGS), que no requiere órgano colegiado de valoración y que establece la prelación de las solicitudes de acuerdo con la fecha de presentación, dentro del
plazo limitado en la convocatoria.
Segundo.—En la propuesta de resolución definitiva del Director General de Sostenibilidad y Control Ambiental de fecha 12 de diciembre de 2025, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 27.3 de la OBRGS, y en el apartado 9.5 de la convocatoria, se establecía que se consideraría aceptada, si en un plazo de diez días hábiles a contar desde el día
BOCM-20260202-37
FUNDAMENTOS DE DERECHO
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