Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 06-02-2026
Leganés (BOCM-20260206-75)
Régimen económico. Bases subvenciones
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Régimen económico. Bases subvencionesPág. 268
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE FEBRERO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 31
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
75
LEGANÉS
Extracto del acuerdo de aprobación de las bases generales y específicas de las subvenciones destinadas a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, del municipio de Leganés
para el año 2026, aprobadas en Junta de Gobierno Local el 3 de febrero de 2026.
De conformidad con lo previsto en el artículo 9, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de las bases cuyo texto íntegro puede consultarse en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Leganés
( https://sede.leganes.org/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=
CATALOGO ).
Primero. Objeto.—Las presentes bases alineadas con los Objetivos de Desarrollo
Sostenible (ODS) Agenda 2030, tienen como objeto promover y dinamizar la actividad ciudadana en cada una de las áreas, Comercio, Cooperación, Cultura, Cultura-UPL, Deportes,
Discapacidad, Educación, Empleo, Festejos, Igualdad, Infancia, Junta Municipal de Distrito La Fortuna, Junta Municipal de Distrito San Nicasio, Juventud, Medio Ambiente y Sostenibilidad, Participación Ciudadana, Promoción de la Salud y Servicios Sociales.
Segundo. Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro (Beneficiarias).—Podrán optar a las subvenciones reguladas en las presentes bases:
— Las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que estén dadas de alta en el Registro Municipal de Asociaciones de Leganés y que dicha inscripción se encuentre actualizada en el momento de solicitar las subvenciones.
— Tener entre sus fines la realización de proyectos o actividades relacionadas con las
diferente Delegaciones, Áreas y Juntas de Distritos del Ayuntamiento de Leganés
a las que va a solicitar subvención. Así como disponer de los medios y capacidad
suficientes para realizar los proyectos objeto de la presente subvención y garantizar el cumplimiento de los objetivos previstos en los mismos.
No podrán obtener la condición de beneficiario las asociaciones y entidades sin ánimo
de lucro en quienes concurra las circunstancias previstas en el art. 13 de la LGS.
Tercera. Financiación.—Las ayudas que se concedan al amparo de la presentes bases se financiarán con cargo a los fondos propios del presupuesto ordinario de gastos 2026
(prorrogados 2025), Capítulo IV del Ayuntamiento de Leganés.
La concesión de ayudas se ajustará al crédito aprobado y asignado a cada Área de las
diferentes Delegaciones o Junta de Distrito, previamente aprobado, según se detallan en
cada una de las bases específicas de las Delegaciones participantes.
Cuarto. Solicitudes y plazos de presentación.—Se deberá cumplir las siguientes condiciones, que tendrán la consideración de excluyentes en caso de incumplimiento:
a) Se presentará una solicitud por cada proyecto.
b) No se podrá solicitar varias subvenciones para un mismo proyecto.
Cada entidad solicitante podrá presentar un único proyecto por Área y/o Junta Municipal de Distrito: Comercio, Cooperación, Cultura, Cultura UPL, Deportes, Discapacidad,
Educación, Empleo, Festejos, Igualdad, Infancia, Junta Municipal de Distrito La Fortuna,
Junta Municipal de Distrito San Nicasio, Juventud, Medio Ambiente y Sostenibilidad, Participación Ciudadana, Promoción de la Salud y Servicios Sociales.
Las solicitudes, junto con el resto de documentación exigida en las presentes bases, se
presentarán en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID. Cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la Sede Electrónica de la página web municipal www.leganes.org . En caso de
producirse una interrupción no planificada en el funcionamiento de los sistemas electrónicos, se acordará la ampliación del plazo no vencido. Tanto la incidencia técnica como la
ampliación del plazo se publicarán en la web municipal y en la Sede Electrónica.
BOCM-20260206-75
RÉGIMEN ECONÓMICO
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Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones