Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 12-02-2026
Las Rozas de Madrid (BOCM-20260212-57)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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Régimen económico. Extracto convocatoria subvencionesB.O.C.M. Núm. 36
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 12 DE FEBRERO DE 2026
Pág. 241
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
57
LAS ROZAS DE MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Anuncio del extracto de las bases para la concesión de prestaciones económicas de
destinadas a actividades de ocio y tiempo libre durante el período estival de 2026.
BDNS (Identif.): 885442
BOCM-20260212-57
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/885442 ).
Primero. Objeto.—El objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas económicas para sufragar el coste del servicio de campamentos de verano 2026 durante el período de vacaciones escolares del 22 de junio a 7 de septiembre o la fecha previa al día de
inicio del curso 2026-2027, según el calendario escolar aprobado y publicado por la Comunidad Madrid.
Segundo. Beneficiarios.—Las ayudas van destinadas a menores nacidos entre 2012
y 2022, empadronados y residentes en las Rozas con anterioridad a la publicación de las
presentes bases.
Tercero. Bases reguladoras.—La presente convocatoria se regula por las bases aprobadas por acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 30 de enero de 2026, publicadas en:
https://www.lasrozas.es/sanidad-y-servicios-sociales/ayudas
Cuarto. Crédito presupuestario.—Las subvenciones que se concedan al amparo de
esta convocatoria se imputarán al Programa y Partida de la Concejalía de Familia y Servicios Sociales dentro del estado de gastos del presupuesto vigente, siendo la cuantía total
máxima para esta convocatoria de 2026, de 25.000 euros.
Quinto. Cuantía de las ayudas.—El importe de las ayudas concedidas será como máximo del 90% de coste total del servicio, no superando dicha cuantía el máximo de 810 euros
por menor. El porcentaje de la ayuda saldrá de la aplicación del baremo establecido en estas
bases y el pago se realizará al prestador del servicio.
Sexto. Forma y plazo de presentación de las solicitudes ayuda.—Las solicitudes se
dirigirán a la concejalía de Familia y Servicios Sociales del Ayuntamiento de Las Rozas de
Madrid y se podrán presentar de manera telemática, a través del trámite personalizado en la
Sede electrónica del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid, www.sede.lasrozas.es, y de manera presencial en cualquiera de las Oficinas de Atención en Materia de Registro (OAMR),
además de lo regulado, para otros supuestos, en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
Séptimo. Plazo de presentación de las solicitudes ayuda.—El plazo de presentación
de solicitudes será de 15 días naturales desde el día siguiente a la Publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Las Rozas de Madrid, a 5 de febrero de 2026.—La concejal de Familia y Servicios
Sociales, Ruth Agra Sierra.
(03/1.823/26)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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