Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 13-02-2026
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20260213-20)
Plan estratégico de subvenciones – Orden de 3 de febrero de 2026, del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se modifica la Orden de 3 de diciembre de 2025, del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local para los años 2026 y 2027
Buscador de información oficial
¿No encuentras lo que buscas? No desesperes y deja de perder más el tiempo.
Reta a nuestro buscador a encontrarlo...¡dale caña!
Comenzar a buscarHemos integrado ChatGPT y Oficius
Prueba a buscar información oficial con inteligencia artificial.
Buscar con inteligencia artificialContenido de la primera página
Plan estratégico de subvenciones – Orden de 3 de febrero de 2026, del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se modifica la Orden de 3 de diciembre de 2025, del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local para los años 2026 y 2027BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 158
VIERNES 13 DE FEBRERO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 37
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
20
ORDEN de 3 de febrero de 2026, del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se modifica la Orden de 3 de diciembre de 2025, del
Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local para los años 2026 y 2027.
El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de
carácter básico, establece que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera
entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con
su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes
de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad
presupuestaria. La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de
Madrid, recoge en idénticos términos esta misma obligación, en su artículo 4 bis.
Mediante la Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local de
fecha 3 de diciembre de 2025 se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local para los años 2026 y 2027 (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 298 de 15 de diciembre de 2025).
En estos momentos se ha detectado por la Dirección General de Reequilibrio Territorial la necesidad de modificar el citado Plan estratégico de subvenciones en su apartado 5.5.a) II. “Subvenciones a agrupaciones de municipios de la Comunidad de Madrid para
el sostenimiento en común de puestos de trabajo” y en su apartado 5.5.b) II. “Plan de Cooperación a las Obras y Servicios Municipales”, para ajustarlos a las disponibilidades presupuestarias, asimismo incluir una nueva línea de subvención en el apartado 5.5.a) III denominada “Premios Pueblos con vida”.
En su virtud, de acuerdo con lo establecido en los artículos 4 bis y 7 de la Ley 2/1995,
de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 50.3
de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid, y en uso de las competencias atribuidas en el Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local.
DISPONGO
Primero
Modificar la Orden de 3 de diciembre de 2025, del Consejero de Presidencia, Justicia
y Administración Local, por la que se aprueba el Plan Estratégico de subvenciones de la
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local para los años 2026 y 2027, en
el siguiente sentido:
Uno. Se modifica el punto 4 del epígrafe II del apartado 5.5.a) del anexo de la Orden
de 3 de diciembre de 2025, relativo a subvenciones a agrupaciones de municipios de la Comunidad de Madrid para el sostenimiento en común de puestos de trabajo, que pasa a tener
la siguiente redacción:
«4. Costes previsibles y fuente de financiación.
2026
2027
610.667,13 euros
650.000 euros
BOCM-20260213-20
Objeto de la Orden
Otras ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 13-02-2026
Convenio – Convenio de 29 de diciembre de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Cultura, Turismo y Deporte) y la Federación de Cines de España (FECE), para la concesión directa de una subvención en el marco del acuerdo del Pleno de la Conferencia Sectorial de Cultura de 7...
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
Hemos encontrado más información de empleo y ayudas relacionados pero están ocultos porque eres un usuario anónimo.
Para ver todo el contenido debes ser un usuario registrado. A continuación podrás iniciar sesión o crear una nueva cuenta.
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones