Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 19-02-2026
Madrid (BOCM-20260219-32)
Régimen económico. Distrito de Moratalaz. Extracto convocatoria subvenciones
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Régimen económico. Distrito de Moratalaz. Extracto convocatoria subvencionesB.O.C.M. Núm. 42
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 19 DE FEBRERO DE 2026
Pág. 161
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
32
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Distrito de Moratalaz
Extracto del Decreto de 10 de febrero de 2026, del concejal-presidente del Distrito de
Moratalaz, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el fomento del asociacionismo en convocatoria ordinaria de 2026
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/inicio ):
Primero. Beneficiarios.—Asociaciones de base adscritas con sede social en el distrito que estén inscritas en la Sección 1.a en el Censo Municipal de Entidades y Colectivos
Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la
Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el
Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos, aprobada por acuerdo plenario de 30 de
octubre de 2013, modificada por Acuerdo de 28 noviembre de 2023, del Pleno del Ayuntamiento de Madrid.
Segundo. Objeto.—Fortalecer el tejido asociativo y promover la implicación activa
de los ciudadanos en la vida comunitaria, contribuyendo a consolidar la continuidad y el
crecimiento de las asociaciones, así como a mejorar la cohesión social, el bienestar y la calidad de vida en los barrios.
Para ello, a través de la presente convocatoria, se les proporcionarán recursos a las entidades, al objeto de que fortalezcan las relaciones entre las personas asociadas, puedan captar nuevas socias y socios, garanticen su correcto funcionamiento y desarrollen sus actividades, promoviendo así su implicación y participación en la actividad municipal y
reforzándose así la intervención comunitaria.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la
concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos
de 30 de octubre de 2013, modificada por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de
Madrid, de 30 de octubre de 2023, publicada en www.madrid.es
Es de aplicación la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombre, conforme a lo establecido en el acuerdo del 13 de septiembre de 2018 de la Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid.
Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado en esta convocatoria en la anualidad 2026 asciende a 67.491 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:
— Modalidad de Proyectos: 39.370 euros.
— Modalidad de Gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios: 28.121
euros, cuyo desglose es el siguiente:
• Gastos de alquiler y funcionamiento de sede social: 20.121 euros.
• Gastos para la adquisición de Equipamiento, mobiliario y equipos informáticos: 8.000 euros.
El libramiento del pago de la subvención se efectuará con cargo al presupuesto 2026 en
un pago único que tendrá carácter anticipado, al tratarse de entidades sin ánimo de lucro que
requieren la entrega previa de fondos como financiación necesaria para el cumplimiento de
los objetivos y fines de la subvención concedida, de acuerdo con el artículo 40 de la OBRGS
y condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.
BOCM-20260219-32
2026: 886790 886791
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