Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 23-02-2026
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20260223-28)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden de 3 de febrero de 2026, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan ayudas para el año 2026 dirigidas a empresas artesanas de la Comunidad de Madrid para la promoción y formación
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Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden de 3 de febrero de 2026, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan ayudas para el año 2026 dirigidas a empresas artesanas de la Comunidad de Madrid para la promoción y formaciónBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 214
LUNES 23 DE FEBRERO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 45
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
28
EXTRACTO de la Orden de 3 de febrero de 2026, de la Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo, por la que se convocan ayudas para el año 2026 dirigidas a
empresas artesanas de la Comunidad de Madrid para la promoción y formación.
BNDS (Identif.): 885172
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de
la Orden citada cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones ( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias )
y en la página web www.comunidad.madrid.
Primero
Beneficiarios
Serán beneficiarios de estas ayudas las pequeñas y medianas empresas artesanas cuyo
origen sea cualquier Estado miembro del Espacio Económico Europeo y desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid. Asimismo, la actividad desarrollada se ha de corresponder con los oficios y actividades artesanas incluidos en el Repertorio de Actividades y Oficios Artesanos de la Comunidad de Madrid aprobado por la
Ley 21/1998, de 30 de noviembre, de Ordenación, Protección y Promoción de la Artesanía
en la Comunidad de Madrid.
No tendrán la condición de beneficiarias las entidades en las que concurra alguna de
las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Segundo
Objeto
El objetivo de esta convocatoria, es contribuir a la promoción comercial de las empresas artesanas, y a la formación en este sector, dentro de las actividades y oficios artesanos
incluidos en el Repertorio de Actividades y Oficios Artesanos de la Comunidad de Madrid,
convocando ayudas para el año 2026.
Tercero
Gastos y período de inversión subvencionable
Se consideran gastos subvencionables los recogidos y delimitados en el artículo 7 de
la Orden de 12 de mayo de 2021, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad,
por la que se aprueban las normas reguladoras de estas ayudas.
El período de realización de las acciones subvencionables será el comprendido entre
el 15 septiembre de 2025 y el 14 de septiembre de 2026.
Bases Reguladoras
Orden de 12 de mayo de 2021 del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad,
por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a empresas artesanas de la Comunidad de Madrid para la promoción y formación, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de mayo de 2021, modificada por la
Orden de 10 de mayo de 2023 del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, publicada
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 23 de mayo de 2023, y modificada de nuevo por la Orden de 8 de abril de 2025, de la Consejería de Economía, Hacien-
BOCM-20260223-28
Cuarto
Otras ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 23-02-2026
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