Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 02-03-2026
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20260302-22)
Bases premios – Orden 248/2026, de 9 de febrero, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de los premios de catadores de aceites de oliva virgen de la Comunidad de Madrid
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Bases premios – Orden 248/2026, de 9 de febrero, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de los premios de catadores de aceites de oliva virgen de la Comunidad de MadridPág. 136
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE MARZO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 51
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
ORDEN 248/2026, de 9 de febrero, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión
de los premios de catadores de aceites de oliva virgen de la Comunidad de
Madrid.
Esta Orden se dicta al amparo de las competencias atribuidas a la Comunidad de
Madrid en los artículos 26.1.20 y 26.3.1.4 de la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de
Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, en materia de fomento de la cultura y
la investigación científica y técnica; y de agricultura, ganadería e industrias agroalimentarias, respectivamente.
Conforme al Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e
Interior, corresponden a dicha consejería, entre otras, las competencias en materia de agricultura, ganadería, alimentación y desarrollo rural.
En este sentido, corresponderá la gestión de estos certámenes al Instituto Madrileño de
Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA), organismo autónomo
adscrito a la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior que, conforme se establece en los artículos 2 y 3 de la Ley 26/1997, de 26 de diciembre, de Creación del Instituto Madrileño de Investigación Agraria y Alimentaria (IMIA) (hoy IMIDRA) entre sus fines y funciones se encuentra el impulso y fomento de la investigación e innovación
tecnológica en el sector primario, así como en su industria asociada.
Asimismo, se establece su rol en la promoción del desarrollo integral del medio rural,
facilitando la transferencia rápida y eficaz de los adelantos científicos y tecnológicos en la
producción y transformación de productos agrícolas, como el aceite de oliva virgen.
A este respecto, la Orden 1764/2005 de 4 de abril estableció formalmente el Panel de
Catadores de Aceite de Oliva Virgen de la Comunidad de Madrid, gestionado por el IMIDRA y adscrito a la Dirección General de Agricultura, para garantizar la calidad del aceite
de oliva virgen extra mediante análisis sensoriales estandarizados según el Reglamento
(CE) n.o 2568/1991 y posteriores modificaciones. Esta legislación se alineó con las normativas europeas, complementando el Real Decreto 1011/2001 sobre la calidad y comercialización del aceite de oliva, asegurando la independencia y objetividad en la clasificación de
los aceites y protegiendo la autenticidad del producto en el mercado.
El IMIDRA ha desempeñado un papel fundamental en la formación y consolidación de
paneles de cata de aceite de oliva virgen, contribuyendo significativamente al sector oleícola
de la Comunidad de Madrid. Desde el primer curso de formación de catadores en 1992, hasta la creación oficial del Panel de Catadores de Aceite de Oliva Virgen en 2005, el IMIDRA
ha liderado iniciativas clave para entrenar y seleccionar catadores altamente cualificados.
La calificación del aceite de oliva virgen es un proceso singular y altamente especializado, debido a que no solo se basa en análisis químicos, sino que también incluye la valoración
organoléptica como determinación obligatoria. El análisis sensorial es fundamental para determinar la calidad del aceite virgen, permitiendo identificar atributos positivos y/o negativos
que no pueden medirse químicamente, pero que son cruciales para clasificar el aceite de oliva virgen en sus diferentes categorías de calidad: virgen extra, virgen o lampante.
En este contexto, la formación y entrenamiento de catadores independientes se convierte en un aspecto de vital importancia. Los catadores deben ser capaces de realizar estas
valoraciones con un alto grado de precisión y objetividad. El entrenamiento riguroso permite a los catadores desarrollar un paladar altamente afinado para identificar incluso las sutilezas más pequeñas en el sabor y aroma del aceite, pero también exige un esfuerzo constante que a menudo es poco conocido y reconocido.
Promover un premio para incentivar la actividad de los catadores de aceite de oliva virgen se considera, por tanto, una actividad de promoción fundamental porque resalta la importancia de la formación y el reconocimiento de estos expertos, quienes desempeñan un
papel crucial en la determinación de la calidad del aceite mediante análisis sensoriales. Un
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