Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 05-03-2026
Madrid (BOCM-20260305-60)
Régimen económico. Alcaldía. Extracto convocatoria subvenciones
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Régimen económico. Alcaldía. Extracto convocatoria subvencionesB.O.C.M. Núm. 54
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE MARZO DE 2026
Pág. 175
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
60
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Alcaldía
Extracto de la convocatoria pública de subvenciones dirigidas al desarrollo de proyectos audiovisuales, anualidad 2026, aprobada por Resolución de 24 de febrero de 2026 de la
coordinadora general de la Alcaldía.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
Código BDNS (Identif.): 889491
Primero. Objeto.—Concesión por el Ayuntamiento de Madrid, a través de la Coordinación General de la Alcaldía, de subvenciones a otorgar en la anualidad 2026, dirigidas
al desarrollo de series o miniseries, en régimen de concurrencia competitiva.
Segundo. Línea de ayudas y marco temporal.—La convocatoria establece en su base
segunda que será subvencionable los gastos ocasionados por la preparación y el diseño de series o miniseries, de ficción o documental, ya sean realizados en imagen real o en animación,
limitados a las operaciones anteriores a la fase de producción propiamente dicha comprendidos en el plazo de los 12 meses anteriores a la fecha de la resolución de concesión.
Los proyectos presentados no podrán haber iniciado su rodaje a fecha de presentación
de su solicitud en esta convocatoria y su contenido deberá ser original e inédito, es decir, no
habrá sido grabado, ni total ni parcialmente, editado o estrenado ante el público.
Tendrán la consideración de serie, aquellos proyectos que siendo de ficción, animación
o documental, tengan una duración global mínima de 135 minutos, con un mínimo de 3 capítulos que correspondan a la primera temporada y se encuentren destinados a su explotación comercial en televisiones y plataformas en línea.
Tendrán la consideración de miniserie, aquellos proyectos que siendo de ficción, animación o documental, dispongan de un mínimo de 2 capítulos y una duración global mínima de 90 minutos y se encuentren destinados a su explotación comercial en televisiones y
plataformas en línea.
Tercero. Beneficiarios y requisitos.—Según establece la base cuarta de la convocatoria, podrán ser beneficiarios las personas físicas o jurídicas con residencia fiscal en la Comunidad de Madrid que cumplan con los requisitos detallados en dicha base.
Todos los requisitos deberán cumplirse a la fecha de presentación de la solicitud.
Cuarto. Marco normativo.—Esta convocatoria se somete al régimen de minimis conforme a lo previsto en el Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre
de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
Quinto. Bases reguladoras.—Anexo a la Resolución de 24 de febrero de 2026 de la
coordinadora general de la Alcaldía por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones dirigidas al desarrollo de proyectos audiovisuales, anualidad 2026.
Sexto. Cuantía e imputación presupuestaria.—El importe máximo destinado a la
concesión de estas subvenciones es de 220.000 euros ampliables hasta en 500.000 euros, lo
que totaliza hasta 720.000 euros imputable al ejercicio 2026 con cargo a la aplicación presupuestaria 001/102/924.02/479.99 “Otras subvenciones a empresas privadas” del presupuesto municipal.
BOCM-20260305-60
Documento corriente A 2026 1020000307 (SUBCO 2026 0000000024).
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