Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 06-03-2026
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20260306-18)
Plan estratégico subvenciones – Orden de 20 de febrero de 2026, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el período 2026-2028
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Plan estratégico subvenciones – Orden de 20 de febrero de 2026, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el período 2026-2028B.O.C.M. Núm. 55
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE MARZO DE 2026
Pág. 53
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras
ORDEN de 20 de febrero de 2026, de la Consejería de Vivienda, Transportes e
Infraestructuras, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones
para el período 2026-2028.
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 8, apartado 1, con el carácter de legislación básica del Estado, que los órganos de las Administraciones Públicas que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter
previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que
se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad de Madrid, en su artículo 4 bis, modificado por la Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de Hacienda de la Comunidad de Madrid, recoge en idénticos términos esta misma
obligación, así como un período de vigencia de tres años.
Asimismo, el Plan Estratégico se inscribe en el marco de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, como “información institucional, organizativa y de planificación”, que ha de ser objeto de publicidad activa, y en el marco de la Ley 10/2019, de 1 de abril, de Transparencia y de Participación de
la Comunidad de Madrid, en virtud de la cual se procederá a la publicación del Plan Estratégico en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
De esta manera, el Plan Estratégico se configura como un instrumento valioso para
orientar las políticas públicas que tienen por objeto el fomento de actividades de utilidad
pública o de interés social o de promoción de una finalidad pública, en el marco de las competencias atribuidas a las distintas Consejerías.
En el caso de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, entre dichas
competencias se incluyen las relativas a la materia de ferrocarriles, transportes y movilidad.
El artículo 26.1.6 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado
por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, atribuye a la misma la competencia exclusiva
sobre los ferrocarriles y el transporte por carretera que se desarrolle íntegramente en su ámbito territorial, de conformidad con la previsión contenida en el artículo 148.1.5 de la Constitución Española.
Por su parte el Estado, de acuerdo con el artículo 149.1.21 de la Constitución Española,
tiene competencia exclusiva sobre los ferrocarriles y transportes terrestres que transcurran por
el territorio de más de una Comunidad Autónoma, habiendo delegado las funciones en relación con estos últimos, en las Comunidades Autónomas, entre ellas en la Comunidad de
Madrid, a través de la Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, de Delegación del Estado en las
Comunidades Autónomas en relación con los Transportes por Carretera y por Cable.
En definitiva, la Comunidad de Madrid ejerce competencias sobre los transportes ferroviarios, así como sobre los transportes por carretera tanto las que le son propias como las
que, aun correspondiendo al Estado, ejerce por delegación de este.
En este marco competencial, la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, mediante el presente plan estratégico de subvenciones para el período 2026-2028, persigue los siguientes objetivos estratégicos:
— Fomentar la seguridad en el transporte y la competitividad del sector, mediante la
mejora en la formación de empresarios y trabajadores.
— Fomentar los cauces de coordinación entre los diversos agentes del sector del
transporte y la colaboración de estos con la administración, mediante el apoyo a
la gestión del Comité Madrileño del Transporte por Carretera de la Comunidad de
Madrid.
— Contribuir a la revitalización de las zonas rurales, fomentando la mejora de la movilidad de sus residentes y el acceso de estos a los servicios básicos.
— Fomentar el uso de la flota de vehículos de arrendamiento con conductor y taxi
adaptados para satisfacer la demanda de las personas de movilidad reducida.
BOCM-20260306-18
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Otras ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 06-03-2026
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