Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 24-04-2026
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20260424-21)
Bases reguladoras becas – Orden 1451/2026, de 14 de abril, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se modifican los requisitos deportivos que se recogen en la Orden 1890/2024, de 30 de abril, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueban las bases reguladoras de becas de excelencia académica y de becas de excelencia académica-deportiva para cursar estudios en las universidades y centros superiores de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid
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Bases reguladoras becas – Orden 1451/2026, de 14 de abril, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se modifican los requisitos deportivos que se recogen en la Orden 1890/2024, de 30 de abril, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueban las bases reguladoras de becas de excelencia académica y de becas de excelencia académica-deportiva para cursar estudios en las universidades y centros superiores de enseñanzas artísticas de la Comunidad de MadridB.O.C.M. Núm. 96
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE ABRIL DE 2026
Pág. 67
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
ORDEN 1451/2026, de 14 de abril, de la Consejería de Educación, Ciencia y
Universidades, por la que se modifican los requisitos deportivos que se recogen
en la Orden 1890/2024, de 30 de abril, de la Consejería de Educación, Ciencia
y Universidades, por la que se aprueban las bases reguladoras de becas de excelencia académica y de becas de excelencia académica-deportiva para cursar
estudios en las universidades y centros superiores de enseñanzas artísticas de la
Comunidad de Madrid.
El fomento de la excelencia en educación es una prioridad irrenunciable de la Comunidad de Madrid. Reconocer y premiar el esfuerzo y el talento de los mejores estudiantes a
todos los niveles es un principio básico de política educativa, puesto que la excelencia de
algunos redunda en el provecho de todos. En efecto, la excelencia de un estudiante no solo
es beneficiosa para su desarrollo individual, sino también para todo su entorno educativo y
social.
Por ello la Comunidad de Madrid creó las becas de excelencia para el ámbito de la enseñanza superior en el curso 2002-2003, manteniendo una convocatoria anual hasta la actualidad. En el año 2024 y con el fin de dar cabida a estudiantes que destacaban, asimismo,
por sus esfuerzos y capacidades en el ámbito del deporte de competición se aprobó la Orden 1890/2024, de 30 de abril, la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, en la
que se establecían las bases reguladoras de becas de excelencia académica y de becas de excelencia académica-deportiva para cursar estudios en las universidades y centros superiores de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid.
Tras dos convocatorias de esta línea de subvención, se ha puesto de manifiesto la necesidad de introducir determinados cambios a fin de corregir deficiencias advertidas en las
bases reguladoras, ampliar o precisar conceptos, para que un mayor número de estudiantes
de excelencia deportiva pueda optar a ellas. La finalidad de esta modificación es que en las
futuras convocatorias de becas de excelencia académica-deportiva queden incluidos la totalidad de los estudiantes de alto nivel deportivo.
Las presentes bases reguladoras mantienen los principios de necesidad y eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia de conformidad con lo previsto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Así, se actúa conforme a los principios de necesidad y eficacia, en tanto que la modificación de estas bases reguladoras es el sistema más adecuado para la adjudicación de las
becas que se aprobarán en cada convocatoria, tanto para aquellos estudiantes que destacan
por su esfuerzo y capacidades intelectuales como para aquellos que, además, destacan por
sus esfuerzos y capacidades en el ámbito del deporte de competición.
Se actúa con proporcionalidad ya que el contenido de las bases reguladoras se limita
al contenido necesario exigido por la normativa aplicable en materia de subvenciones.
Se ha cumplido, igualmente, con el principio de seguridad jurídica dado que esta orden es coherente con la legislación nacional y autonómica aplicable en la materia.
Por lo que respecta al principio de transparencia, queda plenamente garantizado debido a que será objeto de publicidad en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid
la elaboración y tramitación de esta norma.
Se garantiza la aplicación del principio de eficiencia al no establecerse cargas administrativas innecesarias o accesorias.
Para la elaboración de esta orden se han solicitado los informes de la Dirección General de la Mujer, de la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad, de
la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, de
la Abogacía General de la Comunidad de Madrid y de la Intervención.
De acuerdo con el artículo 6.4 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad de Madrid, las bases reguladoras se aprobarán por orden del consejero correspondiente.
BOCM-20260424-21
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