Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 30-04-2026
Pozuelo de Alarcón (BOCM-20260430-71)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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Régimen económico. Extracto convocatoria subvencionesPág. 346
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE ABRIL DE 2026
B.O.C.M. Núm. 101
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
71
POZUELO DE ALARCÓN
RÉGIMEN ECONÓMICO
Aprobación en fecha 15 de abril de 2026, por la Junta de Gobierno Local, de la convocatoria de subvenciones, a través del procedimiento de concurrencia competitiva, de ayudas
por nacimiento, adopción o acogimiento en el municipio de Pozuelo de Alarcón del año 2026.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
Primero. Beneficiarios.—1.1. Los beneficiarios serán conjuntamente los progenitores, adoptantes o acogedores del niño/a/s residentes en Pozuelo de Alarcón, que consten
en el Libro de Familia o en la certificación literal del Registro Civil en el que figure registrado su nacimiento o adopción, o en las resoluciones administrativa o judicial por las que
se reconozca la medida de acogimiento o adopción del menor, respectivamente.
Si en la citada documentación acreditativa figurase un solo progenitor o adoptante,
será este el único beneficiario.
En los casos en los que los hijos estén, exclusivamente, a cargo del solicitante, será este
el único beneficiario.
En todo caso, se considerará la situación de convivencia en la fecha de solicitud de la
ayuda.
1.2. Los extranjeros que residan en Pozuelo de Alarcón podrán beneficiarse de esta
ayuda siempre que los progenitores que están al cargo del menor tengan residencia legal en
España y cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria.
1.3. En ningún caso podrán ser beneficiarios los solicitantes privados total o parcialmente de la patria potestad de sus hijos, o cuya tutela haya sido asumida por una Institución
Pública o persona física. Ni aquellos que estén condenados por sentencia firme por la comisión de un delito en cualquiera de sus formas, cuando con la víctima existiera una relación afectiva.
Segundo. Objeto.—La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas
por nacimiento o adopción de hijo/a/s y acogimiento de menor/es, producidos en los siguientes periodos:
1.o Periodo: Tercer cuatrimestre de 2025 (nacidos, adoptados o acogidos entre el 1 de
septiembre y el 31 de diciembre de 2025).
2.o Periodo: Primer cuatrimestre de 2026 (nacidos, adoptados o acogidos entre el 1 de
enero y el 30 de abril de 2026).
3.o Periodo: Segundo cuatrimestre de 2026 (nacidos, adoptados o acogidos entre el 1
de mayo y el 31 de agosto de 2026).
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza General de subvenciones de Pozuelo de
Alarcón, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 294,
de 10 de diciembre de 2012.
Cuarto. Cuantía.—El importe total máximo de las ayudas convocadas para el período
indicado, asciende a 465.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 03.2312.48000
(“Ayudas a familias e instituciones sin ánimo de lucro”), del Presupuesto de Gastos del
ejercicio 2026 del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón. Dicho crédito podrá ampliarse
mediante una cuantía adicional de 50.000 euros, de conformidad con lo establecido en el
art. 58.2 a) del Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento
de la Ley General de Subvenciones, condicionado a la declaración de disponibilidad del
crédito, y siempre que la modificación se apruebe con anterioridad a la resolución de concesión y se publique.
BOCM-20260430-71
BDNS: 900841
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