Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 06-05-2026
Madrid (BOCM-20260506-46)
Régimen económico. Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte. Extracto convocatoria subvenciones
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Régimen económico. Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte. Extracto convocatoria subvencionesBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 106
MIÉRCOLES 6 DE MAYO DE 2026
Pág. 139
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
46
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte
Extracto del Decreto de 6 de marzo de 2026 de la Delegada de Área de Gobierno de
Cultura, Turismo y Deporte, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones
en régimen de concurrencia competitiva para entidades sin ánimo de lucro para la realización de actividades deportivas destinadas a mujeres o para promover su participación durante el año 2026, aprobando las correspondientes bases.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
BDNS: 893754
Primero. Beneficiarios
— Federaciones deportivas madrileñas adscritas a las federaciones deportivas españolas
reconocidas por la Comunidad de Madrid y por el Consejo Superior de Deportes.
— Entidades deportivas con personalidad jurídica propia previstas en el Capítulo II
del Título IV de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid y reguladas por Decreto 199/1998, de 26 de noviembre, de la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad de Madrid por el que se regulan
las Asociaciones y Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid, que se hallen inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid,
así como aquellas entidades que hayan constituido en su seno secciones de acción
deportiva sujetas al marco jurídico mencionado y estén igualmente inscritas en el
Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid.
— Fundaciones legalmente constituidas y reconocidas al amparo de la Ley 50/2002,
de 26 de diciembre, de Fundaciones o de la Ley 1/1998, de 2 de marzo, de Fundaciones de la Comunidad de Madrid, clasificadas e inscritas en los correspondientes Registros de Fundaciones regulados por estas normativas y que tengan entre
sus actividades las relacionadas con el deporte.
— Otras entidades sin ánimo de lucro inscritas en el Registro de Asociaciones del
Ministerio del Interior cuando la actividad deportiva que organicen esté autorizada por el Ayuntamiento de Madrid o por la federación deportiva competente.
No podrán ser beneficiarias las entidades anteriores en las que concurra alguna de las
circunstancias que se determinan en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
Serán obligaciones de las entidades beneficiarias, las establecidas en el artículo 14 de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
BOCM-20260506-46
Podrán ser beneficiarias de la subvención las entidades sin ánimo de lucro que, en la
fecha de publicación del extracto de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, lleven al menos un año inscritas y reconocidas en su correspondiente registro y tengan su domicilio social en el término municipal de Madrid (salvo las federaciones deportivas madrileñas y españolas, que podrán tener su domicilio social en el
ámbito nacional).
Asimismo, que su personalidad jurídica sea alguna de las que se relacionan a continuación:
Otras ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 06-05-2026
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