Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 07-05-2026
Madrid (BOCM-20260507-48)
Régimen económico. Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda. Extracto convocatoria subvenciones
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Régimen económico. Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda. Extracto convocatoria subvencionesPág. 218
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 7 DE MAYO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 107
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
48
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
Extracto de la convocatoria pública de subvenciones 2026 para incentivar el emprendimiento en los mercados municipales, la instalación de determinadas actividades de interés público en los mismos y la modernización o sustitución de los quioscos de prensa.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS), se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ).
BDNS (Identif). 901658, 901659 y 901660
El objeto de las bases es regular la convocatoria que ha de regir en la concesión de subvenciones a otorgar en la anualidad 2026 por el Ayuntamiento de Madrid, del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda a través de tres líneas de subvención:
Línea 1: Incentivar el emprendimiento en locales comerciales en los mercados municipales, mejorando con ello la tasa de ocupación de estos equipamientos, mediante el abono de un porcentaje de la tarifa establecida como máximo a veinticuatro mensualidades desde que se suscriba el contrato correspondiente con la entidad concesionaria.
Línea 2: Facilitar e incentivar, mediante el abono de la tarifa correspondiente, sin límite mensual y hasta un máximo de veinticuatro mensualidades, la utilización de locales en
los mercados municipales para los siguientes tipos de usos, actividades e instalaciones y
equipamientos de interés público.
1. Actividades de formación, reglada o no, en oficios, profesiones, o perfiles especializados vinculados al desarrollo de la actividad en los mercados, el comercio o la hostelería.
2. Bibliotecas públicas.
Línea 3: Incentivar la mejora, modernización o sustitución de los quioscos de prensa,
siempre que hayan obtenido su homologación con posterioridad al 15 de febrero de 2024
mediante el abono de estas actuaciones con un límite de treinta mil euros por quiosco. Así
como el reemplazo de quioscos de prensa, homologados o no, por otros que se encuentren
en correcto estado.
El período subvencionable es el siguiente:
Líneas 1 y 2: El período subvencionable comprende desde el 1 de enero de 2023 al 15
de junio de 2026, ambos inclusive.
Línea 3: del 1 de enero de 2023 al 30 de septiembre de 2026.
Excepción por reemplazo de quioscos: del 1 de enero de 2025 al 30 de septiembre de 2026.
El plazo de presentación de solicitudes es el establecido en la base 10.3 de la convocatoria.
Con base a lo establecido en el artículo 26.5 de la Ordenanza de Bases Reguladoras
Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, el procedimiento de concesión de las ayudas
será en régimen simplificado de concurrencia competitiva sin necesidad de Comisión de
Valoración.
BOCM-20260507-48
1. Objeto
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Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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