Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 18-05-2026
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20260518-32)
Plan de cooperación obras y servicios municipales – Acuerdo de 8 de abril de 2026, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Acuerdo de 25 de octubre de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan de Cooperación a las Obras y Servicios Municipales de la Comunidad de Madrid y las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de subvenciones a municipios de menos de 20.000 habitantes y mancomunidades constituidas por al menos 10 municipios de la Comunidad de Madrid para la ejecución de las actuaciones incluidas en el Plan
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Plan de cooperación obras y servicios municipales – Acuerdo de 8 de abril de 2026, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Acuerdo de 25 de octubre de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan de Cooperación a las Obras y Servicios Municipales de la Comunidad de Madrid y las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de subvenciones a municipios de menos de 20.000 habitantes y mancomunidades constituidas por al menos 10 municipios de la Comunidad de Madrid para la ejecución de las actuaciones incluidas en el PlanB.O.C.M. Núm. 116
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 18 DE MAYO DE 2026
Pág. 81
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
ACUERDO de 8 de abril de 2026, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Acuerdo de 25 de octubre de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se
aprueba el Plan de Cooperación a las Obras y Servicios Municipales de la Comunidad de Madrid y las normas reguladoras del procedimiento de concesión
directa de subvenciones a municipios de menos de 20.000 habitantes y mancomunidades constituidas por al menos 10 municipios de la Comunidad de Madrid
para la ejecución de las actuaciones incluidas en el Plan.
Por Acuerdo de 25 de octubre de 2023, el Consejo de Gobierno aprobó el Plan de Cooperación a las Obras y Servicios Municipales de la Comunidad de Madrid y las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de subvenciones a municipios de menos
de 20.000 habitantes y mancomunidades de la Comunidad de Madrid para la ejecución de
las actuaciones incluidas en el Plan.
El objetivo de esta línea de subvenciones es financiar las actuaciones necesarias para
garantizar la prestación integral y adecuada por parte de los municipios de los servicios de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, en el territorio de la Comunidad de Madrid, siendo potenciales beneficiarios todos los municipios de la Comunidad de Madrid con población inferior
a 20.000 habitantes, con especial apoyo a los de menos de 5.000, así como a las mancomunidades constituidas por, al menos, 10 municipios, y, se añaden con esta modificación, las
entidades locales menores, cubriendo los estados de necesidad relativos a gastos vinculados
a los de competencias municipales, incluyendo la prestación de servicios de carácter supramunicipal, fomentando a su vez su prestación unificada.
Estas ayudas tienen por objeto cubrir las necesidades que permitan garantizar la prestación de servicios y competencias en todo el territorio de la Comunidad de Madrid y que
no hayan podido incorporarse a la programación plurianual del Programa de Inversión Regional de la Comunidad de Madrid (PIR) o programa plurianual que lo sustituya.
Por medio de este Plan de Cooperación se pretende promover la gestión conjunta de los
servicios y las inversiones que permitan reducir los costes efectivos de los servicios prestados por los municipios, incluyendo en el Plan Provincial fórmulas de prestación unificada o
supramunicipal para reducir sus costes efectivos, tal y como establece la Ley 27/2013, de 27
de diciembre, sin que exista ningún otro instrumento de cooperación que contenga este criterio. De esta manera se busca conseguir un doble objetivo, un mayor equilibrio interterritorial, al tratar de igualar las posibilidades y los medios con los que cuentan los ciudadanos
de la Comunidad de Madrid, garantizándoles el acceso a los servicios obligatorios de competencia municipal, independientemente de su lugar de residencia al financiar el coste de
prestación de los mismos y que estos servicios se presten de manera más eficiente, mejorando el coste efectivo de los mismos. Por tanto, existen razones de interés público, económico y social que justifican la colaboración de la administración regional en la financiación
de estas actuaciones de competencia municipal.
Posteriormente, por Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 28 de agosto de 2024, se modificó el Acuerdo de 25 de octubre de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba
el Plan de Cooperación a las Obras y Servicios Municipales de la Comunidad de Madrid y
las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de subvenciones a municipios de menos de 20.000 habitantes y mancomunidades de la Comunidad de Madrid para la
ejecución de las actuaciones incluidas en el Plan.
El objeto de dicha modificación fue incrementar los importes máximos de subvención
y el importe del primer pago hasta alcanzar el 80 % del importe máximo a percibir.
De conformidad con la Orden de 3 de diciembre de 2025, del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local para los años 2026
y 2027 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 298, de 15 de diciembre
de 2025), modificada por Orden de 3 de febrero de 2026 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU-
BOCM-20260518-32
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