Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 25-05-2026
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20260525-19)
Regulación concesión ayudas – Acuerdo de 6 de mayo de 2026, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de ayudas a los municipios de la Comunidad de Madrid de población de hasta 15.000 habitantes, para la redacción de instrumentos de planeamiento general, de desarrollo y sus modificaciones, aprobadas por acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de julio de 2019, incorporando la redacción de planes estratégicos municipales y elevando el límite de población hasta los 20.000 habitantes
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Regulación concesión ayudas – Acuerdo de 6 de mayo de 2026, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de ayudas a los municipios de la Comunidad de Madrid de población de hasta 15.000 habitantes, para la redacción de instrumentos de planeamiento general, de desarrollo y sus modificaciones, aprobadas por acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de julio de 2019, incorporando la redacción de planes estratégicos municipales y elevando el límite de población hasta los 20.000 habitantesB.O.C.M. Núm. 122
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 25 DE MAYO DE 2026
Pág. 59
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
ACUERDO de 6 de mayo de 2026, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de ayudas a
los municipios de la Comunidad de Madrid de población de hasta 15.000 habitantes, para la redacción de instrumentos de planeamiento general, de desarrollo
y sus modificaciones, aprobadas por acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de julio de 2019, incorporando la redacción de planes estratégicos municipales y elevando el límite de población hasta los 20.000 habitantes.
La Comunidad de Madrid, en los términos establecidos en su Estatuto de Autonomía,
tiene competencia exclusiva en materia de ordenación del territorio, urbanismo y vivienda.
Así aparece efectivamente recogido en el artículo 26.1.4 del Estatuto de Autonomía de la
Comunidad de Madrid, y por ello dispone la Comunidad de Madrid de título competencial
bastante en la materia objeto del presente acuerdo.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 4 del Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, corresponde a la Dirección General de Urbanismo, entre otras competencias, la de asegurar la colaboración y concertación con las
diversas Administraciones públicas y agentes sociales para el adecuado desenvolvimiento
de la política territorial de la Comunidad de Madrid y la armonización del desarrollo del
planeamiento municipal.
En línea con esta función de colaboración y dado que las competencias en la formación y tramitación del planeamiento municipal corresponden a los órganos de gobierno municipales, se han venido desarrollando distintas acciones de apoyo y cooperación con los
municipios de escasos recursos de la Comunidad de Madrid. Esta cooperación se enmarca
en el mandato contenido en el artículo 123 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, a tenor del cual la Comunidad de Madrid facilitará a las entidades locales la asistencia, colaboración y cooperación que precisen, especialmente en el caso de las entidades de menor capacidad económica y de gestión, y responde
a la necesidad de coordinar e implementar las acciones relacionadas con el urbanismo que,
a nivel de la Comunidad de Madrid y los municipios, se pretendan realizar, entendiendo que
el proceso de planeamiento ha de ser continuo y ha de abarcar a todo el territorio, aunque
alguna de las áreas afectadas carezca de recursos para afrontar dichas tareas.
Así, la línea 4 del anexo I del Plan Estratégico de Subvenciones de la consejería para
el período 2024-2027, aprobado mediante Orden 396/2024, de 2 de febrero, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, establece como objetivos y efectos perseguidos los de atender a las singulares circunstancias de escasez de recursos de los municipios
de población igual o inferior a 15.000 habitantes, que precisan dotarse de instrumentos de
planeamiento que permitan su desarrollo económico y la generación de empleo mediante la
dinamización de la economía local, posibilitándoles mejorar la calidad de vida de sus vecinos y el arraigo poblacional, favoreciendo un crecimiento sostenible.
De acuerdo con ello, es voluntad de la Comunidad de Madrid hacer más eficientes y
efectivas las actuales ayudas destinadas a financiar la redacción de instrumentos urbanísticos en dichos municipios, que se ven imposibilitados para afrontar su elaboración por la insuficiencia de recursos, e incorporar la financiación de la redacción de planes estratégicos
municipales, así como elevar el límite de población hasta los 20.000 habitantes con el objetivo de beneficiar a un mayor número de municipios, para lo cual se ha aprobado la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones mediante Orden 4146/2025, de 15 de octubre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
El objetivo es atender a las singulares circunstancias de estos municipios, que precisan
dotarse de estos instrumentos de ordenación territorial y de planeamiento urbanístico que resuelvan sus necesidades de equipamiento y suelo, que permitan su desarrollo económico y posibiliten mejorar el escenario de supervivencia, mediante la dinamización de la economía local y la generación de empleo que se deriva de un mejor orden territorial y urbanístico.
BOCM-20260525-19
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Otras ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 25-05-2026
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 1873/2026, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se declara el importe de los créditos disponibles para la concesión directa de ayudas individualizadas de desayuno escolar a los alumnos de segundo ciclo de Educación Infantil y de Educación...
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Bases subvenciones – Orden 915/2026, de 13 de mayo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se rectifican los errores materiales detectados en la Orden 611/2026, de 14 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras...