Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 29-05-2026
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20260529-18)
Concesión ayudas – Orden 1508/2026, de 27 de mayo, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se concede ayudas del Bono Social Térmico 2025 a 19.221 beneficiarios (Fase 4) del bono social eléctrico a 31 de diciembre de 2024 en la Comunidad de Madrid y por la que se inicia el plazo de renuncia de los beneficiarios incluidos en esta orden al derecho de las ayudas del Bono Social Térmico 2025
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Concesión ayudas – Orden 1508/2026, de 27 de mayo, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se concede ayudas del Bono Social Térmico 2025 a 19.221 beneficiarios (Fase 4) del bono social eléctrico a 31 de diciembre de 2024 en la Comunidad de Madrid y por la que se inicia el plazo de renuncia de los beneficiarios incluidos en esta orden al derecho de las ayudas del Bono Social Térmico 2025Pág. 108
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 29 DE MAYO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 126
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
18
ORDEN 1508/2026, de 27 de mayo, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se concede ayudas del Bono Social Térmico 2025 a 19.221
beneficiarios (Fase 4) del bono social eléctrico a 31 de diciembre de 2024 en la Comunidad de Madrid y por la que se inicia el plazo de renuncia de los beneficiarios
incluidos en esta orden al derecho de las ayudas del Bono Social Térmico 2025.
Primero
El Real Decreto-Ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición
energética y la protección de los consumidores, crea, en su artículo 5, el programa de concesión directa de ayudas destinadas a paliar la pobreza energética en consumidores vulnerables, en lo que respecta a energía destinada a calefacción, agua caliente sanitaria o cocina, denominado Bono Social Térmico.
Segundo
De acuerdo con este Real Decreto-Ley, los beneficiarios del bono social térmico serán
aquellos consumidores que sean beneficiarios del bono social de electricidad previsto en el
artículo 45 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, a 31 de diciembre
del año anterior. El criterio de distribución de la ayuda del bono social térmico entre los beneficiarios se recoge en el artículo 9, donde la cuantía a percibir por cada beneficiario se determinará atendiendo a su grado de vulnerabilidad, así como a la zona climática en la que
se localice la vivienda en la que se encuentre empadronado.
Tercero
En aplicación de la Sentencia del Tribunal Constitucional 134/2020, de 23 de septiembre, la
Comunidad de Madrid aprueba la Ley 4/2022, de 13 de mayo, que regula la comunicación de información por los comercializadores de referencia a la Comunidad de Madrid para la gestión y
pago del bono social térmico en su ámbito territorial y desarrolla la Orden 1478/2022, de 27 de
junio, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social por la que se regula el procedimiento para la gestión, concesión y pago del Bono Social Térmico en la Comunidad de Madrid, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de junio de 2022.
Cuarto
Mediante Resolución de 20 de noviembre de 2025, de la Secretaría de Estado de Energía, se autoriza la transferencia a la Comunidad de Madrid de 48.141.506,94euros en concepto de bono social térmico para el año 2025. En esta Resolución se concede a la Comunidad de Madrid una subvención por importe de 48.141.506,94 euros, de los cuales sólo se
ingresan 46.818.103,39 euros, al descontarse el importe de 1.323.403,55euros no ejecutado de la convocatoria del BSTE del año 2024 por fallecimiento de los beneficiarios, con
cargo a la partida presupuestaria 23.03.425A.450 del Ministerio de Transición Ecológica y
Reto Demográfico.
Por Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 17 de diciembre de 2025, se autoriza un gasto por importe de 39.408.803 euros para el pago de las ayudas del bono social térmico de 2025
en la Comunidad de Madrid, con cargo a la partida presupuestaria 48399 del Programa 232E
del Presupuesto de Gastos de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
Por Acuerdo de Consejo de Gobierno, de 25 de marzo de 2026, se autoriza un gasto
por importe de 8.732.703,94 euros para la ampliación del crédito disponible destinado a financiar el pago de las ayudas del Bono Social Térmico 2025 en la Comunidad de Madrid,
con cargo a la partida presupuestaria 48399 del Programa 232E del Presupuesto de Gastos
de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
BOCM-20260529-18
Quinto
Otras ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 29-05-2026
Puesto libre designación – Orden 1983/2026, de 21 de mayo, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión de dos puestos de trabajo vacantes en la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior (Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112), por el procedimiento de Libre Designación
Plan estratégico subvenciones – Orden 275/2026, de 20 de mayo, de la Consejería de Digitalización, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Digitalización para el año 2026
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Extracto convocatoria subvenciones – Resolución de fecha 22 de mayo de 2026, del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se aprueba y se hace pública la convocatoria y sus correspondientes bases reguladoras para la concesión, mediante procedimiento de concurrencia competitiva, de ayudas para la realización de...
Convocatoria contrato – Anuncio de 26 de mayo de 2026, por el que se convoca la licitación para la contratación de un suministro de baterías de NiCd para el mantenimiento de los trenes de la serie 3000 de Metro de Madrid (Expediente 6012600160)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones