Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 01-06-2026
Madrid (BOCM-20260601-69)
Régimen económico. Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda. Extracto convocatoria subvenciones
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Régimen económico. Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda. Extracto convocatoria subvencionesBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 256
LUNES 1 DE JUNIO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 128
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
69
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
Extracto del Decreto de 20 de mayo de 2026, de la delegada del Área de Gobierno de
Economía, Innovación y Hacienda, por el que se aprueba la convocatoria pública para la
concesión de subvenciones dirigidas a la promoción y desarrollo de la economía social para
la anualidad 2026.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ).
BDNS (Identif.): 907103-907104
Primero. Objeto
Concesión por el Ayuntamiento de Madrid, a través del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, de subvenciones a otorgar en la anualidad 2026, dirigidas a la
promoción y desarrollo de la economía social en régimen de concurrencia competitiva.
Las líneas de subvención se establecen en el apartado 4 de las bases de convocatoria,
determinándose, en cada caso, las entidades que podrán ser beneficiarias según se resume
a continuación:
Línea de “Relevo generacional”.
Actuación subvencionable: la creación de una entidad de la economía social en el período subvencionable para hacerse cargo de un relevo generacional actual o previsible.
Se considera “relevo generacional” el traspaso de un negocio abierto cuando se acredite que se ha realizado por el pase a la situación de jubilación o de incapacidad permanente, total o absoluta, o gran invalidez, o por fallecimiento, del anterior titular, a una entidad
de economía social creada para mantener y desarrollar el mismo negocio con el correspondiente cambio de titularidad.
Entidades beneficiarias: cooperativas, sociedades laborales y empresas de inserción.
Línea de “Incremento del tamaño de las entidades”.
Actuaciones subvencionables:
— La primera integración de una cooperativa o sociedad laboral en una sociedad cooperativa de segundo o ulterior grado ya constituida.
— La creación de una cooperativa de segundo o ulterior grado o de grupos cooperativos.
— Los conciertos intercooperativos para facilitar, garantizar o desarrollar los respectivos objetos sociales entre entidades de la economía social.
Entidades beneficiarias:
— Las entidades de la economía social, reguladas en el artículo 5 de la Ley 5/2011,
de 29 de marzo, de Economía Social, y entidades asociativas de las mismas, salvo si actúan en los sectores exceptuados del ámbito de aplicación del Reglamento UE 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión
Europea a las ayudas de minimis. Los sectores exceptuados son los referentes a
empresas dedicadas a la producción primaria de productos de la pesca y de la acuicultura; empresas dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas; y a
actividades relacionadas con la exportación a terceros países o a Estados miembros, en concreto las ayudas directamente vinculadas al establecimiento y la ex-
BOCM-20260601-69
Segundo. Líneas subvencionables y entidades beneficiarias
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