Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 02-06-2026
Colmenar Viejo (BOCM-20260602-66)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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Régimen económico. Extracto convocatoria subvencionesB.O.C.M. Núm. 129
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 2 DE JUNIO DE 2026
Pág. 601
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
66
COLMENAR VIEJO
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto convocatoria Bases Plan Reinicia. Plan de Ayudas para el Apoyo a la Innovación y al Uso de las Nuevas Tecnologías en el ámbito Empresarial 2026.
BDNS (Identif.): 907825
BOCM-20260602-66
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.papa.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
Primero.—Beneficiarios y líneas de ayuda. Línea única de Plan de Ayudas para el
Apoyo a la Innovación y al Uso de las Nuevas Tecnologías en el Ámbito Empresarial.
Segundo.—Crédito presupuestario: el importe máximo destinado a atender estas ayudas asciende a la cuantía total de doscientos mil euros, 200.000,00 euros, que se imputarán
a la aplicación presupuestaria 433.48001.
Tercero.—El objeto de las presentes bases es regular la subvención del Plan de Ayudas para el Apoyo a la Innovación y al Uso de las Nuevas Tecnologías en el Ámbito Empresarial e impulsar la dinamización del tejido empresarial como eje estratégico del tejido
empresarial del municipio, siendo imprescindible el mantenimiento del mismo, valorándolo como motor de empleo y desarrollo económico. Por todo ello, estas bases vienen a regular el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión, pago y justificación de las ayudas
que excepcionalmente otorgará el Ayuntamiento de Colmenar Viejo como parte integrante
del Plan de Ayudas para el Apoyo a la Innovación y al Uso de las Nuevas Tecnologías en
el Ámbito Empresarial 2026.
Cuarto.—Se pueden acoger a esta línea de subvención: Esta línea estará dirigida a Personas Físicas, Microempresas, Sociedades Civiles con Personalidad Jurídica, Comunidades
de Bienes, Cooperativas y cualquier otra forma jurídica de sociedad que cumpla los requisitos de ser beneficiaria.
Quinto.—Régimen de concesión: concurrencia competitiva.
Sexto.—Presentación de solicitudes: El plazo de solicitud de estas ayudas será de
treinta días contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Colmenar Viejo, a 25 de mayo de 2026.—El alcalde-presidente, Carlos Blázquez
Rodríguez.
(03/8.492/26)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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Concesión subvenciones – Orden 921/2026, de 14 de mayo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se concede una subvención nominativa al Ayuntamiento de Aranjuez para el año 2026 y se establecen sus bases reguladoras
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