Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 05-06-2026
Móstoles (BOCM-20260605-77)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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Régimen económico. Extracto convocatoria subvencionesPág. 216
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 5 DE JUNIO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 132
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
77
MÓSTOLES
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto de la convocatoria de subvenciones por concurrencia competitiva dirigida a
las Asociaciones de Madres y Padres de aAlumnos (AMPAS) para el desarrollo de actividades extraescolares en los centros públicos de Educación Infantil y Primaria (C.E.I.P.) de
Móstoles, dentro del horario lectivo extraescolar, durante el curso académico 2025/2026,
aprobada por acuerdo N.o 6/405 de la Junta de Gobierno Local de 26 de mayo de 2026, y
extracto de esta Resolución.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de esta convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.minhap.gob.es/bdnstrans/index ).
Primero. Objeto.—La Concejalía de Educación y Cultura propone la aprobación de
la convocatoria de subvenciones por concurrencia competitiva dirigida a las Asociaciones
de Madres y Padres de alumnos (AMPAS) para el desarrollo de actividades extraescolares
en los centros públicos de Educación Infantil y Primaria (CEIP) de Móstoles, dentro del horario lectivo extraescolar, durante el curso académico 2025/2026. Esta convocatoria tiene
por objeto apoyar a las Asociaciones de Madres y Padres de alumnos (AMPAS) de los centros públicos de Educación Infantil y Primaria del municipio de Móstoles, a través de la
concesión de ayudas para la gestión del programa de actividades extraescolares, dentro de
sus centros educativos, siendo un Programa esencial para la conciliación familiar.
Segundo.—Las Bases Reguladoras específicas (BBRR) de estas subvenciones, fueron
aprobadas en Junta de Gobierno Local el 21 de enero de 2025, por acuerdo número 28/39
y publicado extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID) número 28/58, con fecha 3 de febrero de 2025.
Recientemente su modificación, ha sido aprobada por la Junta de Gobierno Local por acuerdo número 12/240, el 31 de marzo de 2026 y publicado extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID) el 23 de
abril de 2026, con número 95/104. La Concejalía de Educación y Cultura propone la aprobación en Junta de Gobierno Local de convocatoria para este curso escolar 2025/2026, conforme estas Bases específicas.
Tercero. Beneficiarios.— Las subvenciones vinculadas a esta convocatoria van dirigidas en exclusividad a las asociaciones de madres y padres de alumnos (AMPAS) de los
centros públicos de Educación Infantil y Primaria (CEIP) de Móstoles.
Cuarto. Régimen aplicable.— Se establece como órgano gestor, la Concejalía de
Educación y Cultura. La concesión de las ayudas, en su caso, lo será en régimen de concurrencia competitiva. Esta Línea de subvenciones a convocar se recoge en el Plan Estratégico de Subvenciones correspondiente al período 2026-2028, aprobado en sesión celebrada
por la Junta de Gobierno Local por acuerdo número 9/55 de fecha 3 de febrero de 2026.
Para ello el área de Educación ha comprometido cantidad suficiente, con la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente en el Presupuesto General.
Quinto. Crédito presupuestario.—La Concejalía de Educación y Cultura destina a
este Programa, un máximo de 150.000 euros (Ciento cincuenta mil euros), con cargo a la
aplicación presupuestaria 35-3261-48906 del Presupuesto de Gastos del Capítulo IV, de la
Concejalía de Educación y Cultura (Área de Educación). Se adjunta al expediente propuesta de aprobación del gasto número 202600000516 de fecha 16/02/2026 y certificación de
Retención de crédito número 2/202600000735 de fecha 23/02/2026, por importe
de 150.000 euros. Siendo la cuantía máxima establecida de 11.000 euros (once mil euros)
por proyecto y entidad beneficiaria. El importe global de las ayudas se distribuirá proporcionalmente entre las asociaciones cuyos proyectos hayan sido aprobados. La cantidad eco-
BOCM-20260605-77
BDNS: 908532
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