Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 08-06-2026
Fuenlabrada (BOCM-20260608-62)
Régimen económico. Centro de Iniciativas para la Formación y el Empleo (CIFE). Extracto convocatoria subvenciones
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Régimen económico. Centro de Iniciativas para la Formación y el Empleo (CIFE). Extracto convocatoria subvencionesB.O.C.M. Núm. 134
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 8 DE JUNIO DE 2026
Pág. 235
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
62
FUENLABRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto de la resolución n.o 127/26 de la Vicepresidencia del Centro de Iniciativas
para la Formación y Empleo (CIFE) de Fuenlabrada, de fecha 22 de mayo de 2026, por la
que se aprueba la convocatoria de ayudas dirigidas al fomento y apoyo al emprendimiento
en Fuenlabrada. Año 2026.
De conformidad con lo previsto en los art. 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias
1. Objeto: se trata de la aprobación de la concesión, mediante concurrencia competitiva, de dos líneas de ayuda dirigidas a fomentar y modernizar el tejido empresarial en la
localidad de Fuenlabrada.
2. Primero: Beneficiarios y requisitos: Podrán ser objeto de la ayuda las empresas
(entendiéndose como tales autónomos o Sociedades) que cuenten con sede fiscal y actividad en el municipio de Fuenlabrada:
— Empresas constituidas desde el 1 de enero de 2017 que hayan realizado los gastos
para la modernización y mejora de la competitividad de su empresa a partir del 1 de
enero de 2022 y hasta el vencimiento del plazo de presentación de la presente convocatoria.
— Empresas de nueva creación cuya constitución se haya verificado a partir del 1 de
enero de 2023.
Es requisito común a ambas líneas que las empresas puedan justificar haber incurrido
en un gasto o inversión mínima de 750 euros de los contemplados en al artículo 5B de la
convocatoria, destinados tanto a la mejora de su empresa como a su creación, y hasta el vencimiento del plazo de presentación de la correspondiente convocatoria.
El resto de los requisitos para ser beneficiario están detallados en el art 4 de la convocatoria, y deberán ser acreditados de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la misma.
3. Documentación a aportar y plazo: Se encuentra recogida en el art. 7 de la convocatoria.
— Las solicitudes deberán presentarse por vía telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada https://sede.ayto-fuenlabrada.es/ , en el
apartado de “CIFE”, seleccionando “Ayuda fomento y apoyo al emprendimiento
en Fuenlabrada”.
— El modelo de solicitud para la obtención de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria se genera cumplimentando el formulario del procedimiento habilitado para ello. Estará disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de
Fuenlabrada https://sede.ayto-fuenlabrada.es/
Para la identificación de personas físicas y jurídicas en esta Sede, el Ayuntamiento de
Fuenlabrada admite los certificados emitidos por la Plataforma de validación de certificados. Para la firma de la solicitud sólo se admite Certificado digital.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
4. Cuantía: Las ayudas consisten en un único pago.
— Los beneficiarios en ningún caso podrán obtener más del 80/% de los gastos presentados y justificados, de los contemplados en el art. 5 de la convocatoria, siendo el mínimo para percibir de 600 euros y el máximo de 2.500 euros por entidad,
teniendo en cuenta que el crédito total a repartir asciende a 100.000 euros.
BOCM-20260608-62
BDNS: 907770
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