Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 18-06-2026
Móstoles (BOCM-20260618-79)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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Régimen económico. Extracto convocatoria subvencionesB.O.C.M. Núm. 143
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 18 DE JUNIO DE 2026
Pág. 277
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
79
MÓSTOLES
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del acuerdo número 20/465, de la Junta de Gobierno Local de 9 de junio de 2026,
por el que se aprueba la convocatoria de ayudas a las familias para el curso escolar 2026-2027.
BDNS: 912040
Primero. Bases reguladoras.—La presente convocatoria de ayudas a las familias
se regirá por las Bases reguladoras de ayudas a las familias en el comienzo del curso
escolar 2023-2024, aprobadas por acuerdo de Junta de Gobierno Local de 7 de septiembre de 2023 (Acuerdo N.o 1/521), BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20
de septiembre de 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 224).
Dichas bases han sido modificadas en Junta de Gobierno Local de fecha 28 de mayo de 2024
(Acuerdo número 19/396), en Junta de Gobierno Local de fecha 25 de febrero de 2025 (Acuerdo número 32/138) y posteriormente modificadas en Junta de Gobierno Local con fecha 21
de abril de 2026 (Acuerdo número26/307) BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 7 de mayo de 2026 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 107).
Segundo. Objeto.—La concesión por el Ayuntamiento de Móstoles de ayudas a las
familias con menores recursos económicos para sufragar, en parte, los gastos generales que
supone la educación de sus hijas e hijos en el curso escolar 2026-2027, promoviendo y apoyando la acción educativa de los niños y jóvenes de Móstoles. Esta línea de subvenciones
a convocar se recoge en el Plan Estratégico de Subvenciones correspondiente al período 2026-2028, aprobado en sesión celebrada por la Junta de Gobierno Local por acuerdo
número 9/55, de fecha 3 de febrero 2026.
Tercero. Cuantía.—La presente convocatoria se financiará con cargo a la aplicación
presupuestaria 35.3201.48100 del presupuesto general del Ayuntamiento de Móstoles para
el año 2026, por un importe máximo de 625.000 euros. Se establece la cuantía máxima
de 100 euros para cada uno de los ciclos educativos.
La concesión de las ayudas queda condicionada a la existencia del crédito adecuado y
suficiente en el momento de la resolución de la concesión.
Estas ayudas son compatibles con cualquier otra subvención o ayuda que tenga la misma finalidad, si bien la suma total de las cuantías de las ayudas percibidas no superará el
coste del gasto realizado.
Cuarto. Régimen aplicable.—Se establece como órgano gestor la Concejalía de Educación y Cultura. Las ayudas que se concedan lo serán en régimen de concurrencia competitiva, tendrán carácter de subvención y se regirán por la Ley 38/2003 de 17 de noviembre,
General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba
el reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Para lo no regulado en las bases que rigen la convocatoria, se estará a lo dispuesto en
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Quinto. Beneficiarios.—Serán destinatarios de estas ayudas las familias de Móstoles
con hijos menores matriculados en segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria,
Educación Secundaria Obligatoria y Formación Profesional Básica, en centros docentes de titularidad pública, privada concertada y privada no concertada durante el curso 2026-2027.
BOCM-20260618-79
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/912040 ).
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