Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 22-06-2026
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20260622-18)
Crédito presupuestario ayudas – Orden de 5 de junio de 2026, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible para financiar la concesión directa, en el año 2026, de las ayudas destinadas al mantenimiento y reactivación de establecimientos comerciales y de servicios afectados por obras públicas de infraestructuras de titularidad de la Comunidad de Madrid
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Crédito presupuestario ayudas – Orden de 5 de junio de 2026, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible para financiar la concesión directa, en el año 2026, de las ayudas destinadas al mantenimiento y reactivación de establecimientos comerciales y de servicios afectados por obras públicas de infraestructuras de titularidad de la Comunidad de MadridB.O.C.M. Núm. 146
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 22 DE JUNIO DE 2026
Pág. 73
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
18
ORDEN de 5 de junio de 2026, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo,
por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible para financiar la concesión directa, en el año 2026, de las ayudas destinadas al mantenimiento y reactivación de establecimientos comerciales y de servicios afectados por
obras públicas de infraestructuras de titularidad de la Comunidad de Madrid.
El artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad
de Madrid, establece que podrán concederse, de forma directa y con carácter excepcional,
aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o
humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. El órgano concedente deberá publicar la declaración de los créditos presupuestarios disponibles
para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, previa la tramitación del expediente de gasto que corresponda.
Al amparo de esta norma, mediante Acuerdo del Consejo del Gobierno de 27 de mayo
de 2026, se procede a la aprobación de las normas reguladoras y al establecimiento del procedimiento de concesión directa de las ayudas destinadas al mantenimiento y reactivación
de establecimientos comerciales y de servicios afectados por obras públicas de infraestructuras de titularidad de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID n.o 132, de 5 de junio de 2026).
A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de
marzo, en lo que se refiere a la declaración de los créditos presupuestarios para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, como órgano concedente de
las referidas ayudas, y de acuerdo con el artículo 7 de la citada Ley 2/1995, de 8 de marzo,
RESUELVO
Primero
El importe del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de
contenido económico derivadas de la concesión directa, en el año 2026, de ayudas destinadas al mantenimiento y reactivación de establecimientos comerciales y de servicios afectados por obras públicas de infraestructuras de titularidad de la Comunidad de Madrid, es
de 500.000 euros.
Las referidas obligaciones se imputarán al subconcepto 47399 del Programa 431A de
los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2026.
Segundo
Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, la presente Orden
por la que se declara el importe de los créditos presupuestarios disponibles para atender las
obligaciones de contenido económico derivadas de la de concesión directa de las ayudas destinadas al mantenimiento y reactivación de establecimientos comerciales y de servicios afectados por obras públicas de infraestructuras de titularidad de la Comunidad de Madrid.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o, potestativamente y con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el titular de la Consejería de
Economía, Hacienda y Empleo, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercer cualquier otro recurso que estimen oportuno para la mejor defensa de sus derechos.
BOCM-20260622-18
Tercero
Otras ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 22-06-2026
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