Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 23-06-2026
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20260623-16)
Plan estratégico subvenciones – Orden 2391/2026, de 16 de junio, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones de la Viceconsejería de Política y Organización Educativa para los ejercicios 2026, 2027 y 2028, aprobado por la Orden 1404/2026, de 11 de abril, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
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Plan estratégico subvenciones – Orden 2391/2026, de 16 de junio, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones de la Viceconsejería de Política y Organización Educativa para los ejercicios 2026, 2027 y 2028, aprobado por la Orden 1404/2026, de 11 de abril, de la Consejería de Educación, Ciencia y UniversidadesPág. 56
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE JUNIO DE 2026
B.O.C.M. Núm. 147
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
16
ORDEN 2391/2026, de 16 de junio, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones de la Viceconsejería de Política y Organización Educativa para los ejercicios 2026, 2027
y 2028, aprobado por la Orden 1404/2026, de 11 de abril, de la Consejería de
Educación, Ciencia y Universidades.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, se dictó la Orden 1404/2026, de 11 de abril,
de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Viceconsejería de Política y Organización Educativa para
los ejercicios 2026, 2027 y 2028, que reúne en un único instrumento jurídico todos los planes estratégicos de subvenciones cuya propuesta corresponde a los centros directivos adscritos a dicha Viceconsejería.
Es ahora necesario proceder a la actualización del citado Plan Estratégico de Subvenciones de la Viceconsejería de Política y Organización Educativa para incluir en el mismo
la convocatoria para el ejercicio 2026 de las ayudas a los ayuntamientos de la región para
el sostenimiento de los colegios públicos de educación infantil, educación primaria y/o educación especial radicados en su municipio en los que se imparte educación secundaria obligatoria, primer ciclo de educación infantil o en los que se escolarizan alumnos censados en
otros municipios por inexistencia o insuficiencia de oferta educativa.
La implementación de esta modificación se considera indispensable, ya que esta convocatoria de subvención contribuye al funcionamiento regular de todos los colegios de educación infantil, primaria y especial, compensando el gasto que supone a determinados ayuntamientos, la escolarización en centros radicados en el propio municipio, de alumnos
procedentes de otros municipios distintos y la puesta en funcionamiento de unidades de
educación secundaria obligatoria o de primer ciclo de educación infantil en colegios públicos de educación infantil y primaria.
Por cuanto antecede, de conformidad con lo previsto en el artículo 4.ter.3 de la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 8 de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 4 bis de la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, citada,
DISPONGO
Primero
Se modifica el epígrafe III “Ámbito de la Educación Infantil, Primaria y Especial” del
anexo de la Orden 1404/2026, de 11 de abril, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Viceconsejería
de Viceconsejería de Política y Organización Educativa para los ejercicios 2026, 2027
y 2028, en los siguientes términos:
Uno. El apartado III.1.B) queda redactado como sigue:
“B) Coste presupuestario y beneficiarios.
El crédito destinado a financiar la convocatoria del ejercicio 2026 será de 1.500.000
euros con cargo al subconcepto 46309 del programa 322A del Presupuesto de
gastos de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades.
El crédito destinado a financiar la convocatoria para los cursos 2026/2027 y
2027/2028 dependerá de lo que se recoja en cada convocatoria y de lo especificado en la línea de subvención que figure en los Presupuestos Generales de la
Comunidad de Madrid para los ejercicios 2027 y 2028, con cargo al subconcep-
BOCM-20260623-16
Modificación del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones
Otras ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 23-06-2026
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