Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 26-06-2026
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20260626-21)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 2331/2026, de 11 de junio, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convocan para el año 2026 las ayudas para el desarrollo de pymes innovadoras de más de 5 años de antigüedad
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Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 2331/2026, de 11 de junio, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convocan para el año 2026 las ayudas para el desarrollo de pymes innovadoras de más de 5 años de antigüedadBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 150
VIERNES 26 DE JUNIO DE 2026
Pág. 89
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
21
EXTRACTO de la Orden 2331/2026, de 11 de junio, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convocan para el año 2026 las ayudas para el desarrollo de pymes innovadoras de más de 5 años de antigüedad.
BDNS (ID): 914685
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la orden de la convocatoria
de las ayudas de referencia cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ) y en
la página web institucional de la Comunidad de Madrid ( www.madrid.org ).
Primero
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de las ayudas de la Línea 3, las pymes innovadoras de más
de 5 años de antigüedad. En el momento de presentación de la solicitud, deberán tener la
categoría de pequeñas o medianas empresas.
Las entidades beneficiarias deberán ser persona jurídica constituida válidamente como
empresa, con forma jurídica societaria, que ejerza de forma habitual una actividad económica dirigida al mercado e inscrita en el registro correspondiente y deberán contar con capacidad administrativa, financiera y operativa suficiente para la ejecución de la ayuda que
se conceda y que dispongan al menos de un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid.
Segundo
Objeto
Las ayudas se destinarán a fomentar el crecimiento de pymes innovadoras de más de 5
años de antigüedad en la Comunidad de Madrid.
El contenido de los proyectos empresariales y de las actividades objeto de estas ayudas y
de sus resultados deberá ser de aplicación en alguna de las líneas científico-tecnológicas y de
innovación tecnológica, consideradas prioritarias para el desarrollo regional por la estrategia
regional de investigación e innovación para una especialización inteligente (S3).
Los proyectos se desarrollarán en cualquier municipio del ámbito territorial de la
Comunidad de Madrid.
Tercero
Bases reguladoras
Orden 1915/2022, de 1 de julio, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y
Universidades, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas
para el desarrollo de jóvenes empresas innovadoras de base tecnológica (Start-up) y pymes
innovadoras.
Cuantía de las ayudas
El crédito presupuestario para financiar esta convocatoria es de 8.500.000 euros con la
siguiente distribución por anualidades e importes: 5.000.000 euros en el ejercicio presupuestario 2026 y 3.500.000 euros en el ejercicio presupuestario 2027.
La intensidad de la ayuda será calculada en base a un porcentaje sobre los gastos subvencionables con una cuantía máxima de ayuda por beneficiario y proyecto de 250.000 euros.
BOCM-20260626-21
Cuarto
Otras ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 26-06-2026
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Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones