Empleo público del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 03-05-2024

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Boletín Oficial Junta de Andalucía
03/05/2024 Empleo

Autoridades y personal. (2024/85-40)

Resolución de 23 de abril de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se publica la Oferta de Empleo Público de personal de la Universidad de Cádiz para el año 2024.

Cádiz

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Resolución de 23 de abril de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se publica la Oferta de Empleo Público de personal de la Universidad de Cádiz para el año 2024.
Página 1 del anuncio BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 85 - Viernes, 3 de mayo de 2024

página 44028/1

2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
UNIVERSIDADES

El artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), establece
que las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban
proveerse serán objeto de la Oferta de Empleo Público (OEP).
El artículo 20.dos.1.a) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado (PGE) para el año 2023, prorrogados para el año 2024, establece
que la tasa de reposición de efectivos se fijará en los sectores prioritarios en un 120 por
ciento y en los demás sectores en un 110 por ciento. El artículo 20.dos.3.I) de la citada
ley establece que se consideran sectores prioritarios a efectos de la tasa de reposición:
«plazas de los Cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de
Universidad, de profesores contratados doctores de Universidad regulados en el artículo
52 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y a las plazas de
personal de administración y servicios de las Universidades, siempre que por parte de
las Administraciones Públicas de las que dependan se autoricen las correspondientes
convocatorias.
Dentro del límite de la tasa de reposición correspondiente a los Cuerpos de
Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad y a los profesores
contratados doctores previsto en el párrafo anterior, cada Universidad estará obligada a
destinar, como mínimo, un 15 por ciento del total de plazas que oferte, a la incorporación,
en aquella categoría para la que esté acreditado, de personal investigador doctor que
haya obtenido el certificado I3 dentro del marco del Programa Ramón y Cajal. En el
supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, estas se podrán
ofertar a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales
y que hayan obtenido el certificado I3. En este caso, la Universidad deberá aportar un
certificado del Ministerio de Universidades en el que conste que los programas ofertados
reúnen los requisitos establecidos en este apartado.»
Asimismo, el apartado 1 del citado artículo 20.tres de la Ley de PGE para 2023,
prorrogada para 2024, establece que «para calcular la tasa de reposición de efectivos
el porcentaje de tasa máximo autorizado se aplicará sobre la diferencia entre el número
de empleados fijos que, durante el ejercicio presupuestario anterior, dejaron de prestar
servicios y el número de empleados fijos que se hubieran incorporado en el referido
ejercicio, por cualquier causa salvo los supuestos previstos en el apartado tres.4, o
reingresado desde situaciones que no conlleven la reserva de puestos de trabajo. A estos
efectos se computarán los ceses por jubilación, retiro, fallecimiento, renuncia, declaración
en situación de excedencia sin reserva de puesto de trabajo, pérdida de la condición de
funcionario de carrera o la extinción del contrato de trabajo, o en cualquier otra situación
administrativa que no suponga la reserva de puesto de trabajo o la percepción de
retribuciones con cargo a la Administración en la que se cesa. Igualmente, se tendrán en
cuenta las altas y bajas producidas por los concursos de traslados a otras Administraciones
Públicas, así como las producidas como consecuencia de lo dispuesto en el apartado
seis.3 de este artículo y en el apartado uno.3 de las disposiciones adicionales vigésima
primera, vigésima segunda y vigésima tercera respecto de la movilidad del personal
con una relación preexistente, fija e indefinida en el sector de que se trate. Las plazas
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00300978

Resolución de 23 de abril de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se
publica la Oferta de Empleo Público de personal de la Universidad de Cádiz
para el año 2024.

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