Empleo público del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 10-07-2024
5. Anuncios. . (2024/133-64)
Anuncio de 3 de julio de 2024, de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, por el que se da publicidad a la convocatoria de provisión interna de vacante de Soporte Administrativo de la Dirección Provincial de Huelva.
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Anuncio de 3 de julio de 2024, de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, por el que se da publicidad a la convocatoria de provisión interna de vacante de Soporte Administrativo de la Dirección Provincial de Huelva.Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 133 - Miércoles, 10 de julio de 2024
página 47711/1
5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Anuncio de 3 de julio de 2024, de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de
Andalucía, por el que se da publicidad a la convocatoria de provisión interna de
vacante de Soporte Administrativo de la Dirección Provincial de Huelva.
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 30.4 del Decreto del Consejo de
Gobierno de la Junta de Andalucía 174/2016, de 15 de noviembre, por el que se aprueban
los Estatutos de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, que exige la
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de las convocatorias para la
selección del personal de la Agencia, por el presente y para general conocimiento, se
dispone la publicación de la resolución, cuyo tenor literal a continuación se transcribe:
RESOLUCIÓN DEL GERENTE DE LA AGENCIA DE VIVIENDA Y REHABILITACIÓN
DE ANDALUCÍA POR LA QUE SE EFECTÚA CONVOCATORIA DE PROVISIÓN
INTERNA DE VACANTE DE SOPORTE ADMINISTRATIVO DE LA DIRECCIÓN
PROVINCIAL DE HUELVA DE LA AGENCIA DE VIVIENDA Y REHABILITACIÓN
DE ANDALUCÍA
Primero. Por Decreto 174/2016, de 15 de noviembre, se aprueban los nuevos
Estatutos de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, los cuales no sólo
se han adecuado a las determinaciones de las Leyes 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía y 1/2011, de 17 de febrero, de Reordenación del
sector público de Andalucía, ante los cambios operados en la normativa reguladora del
régimen jurídico de las Agencias y de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, sino
que responden a un nuevo modelo de Agencia cuyo objeto social se vió sensiblemente
modificado y ampliado a la consolidación en la prestación de servicios.
La aprobación de los Estatutos supuso la introducción de diversos cambios en
aspectos tan relevantes como el régimen jurídico y las potestades públicas de la Agencia, la
clarificación de competencias sobre contratación, la reorganización de ciertas funciones de
los órganos de gobierno y dirección, el ejercicio de potestades públicas, la determinación
de los puestos de trabajo que tienen la consideración de personal directivo de la misma y
diversas cuestiones en materias de programación, control y personal, entre otras.
La asunción de estas potestades y competencias hacen especialmente relevantes
el mantenimiento, en la medida de lo posible, de los puestos de carácter técnico dentro
de la Agencia y, por consiguiente, la potenciación de la promoción interna fomentada
desde 2021 por la entonces Secretaría General de Regeneración, Racionalización y
Transparencia de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración
Pública al señalar en el informe recaído en el Expediente CN-00062/2021 que: «El
procedimiento de promoción interna dentro de convenio colectivo no precisa informe de
esta Secretaría General. Como es lógico, derivado de la promoción interna la persona
trabajadora cambiará no solo sus condiciones económicas sino también las de trabajo,
ya que pasará a realizar tareas diferentes. En todo caso, no es preceptivo el informe de
este Centro Directivo al tener regulado dicho procedimiento en el Convenio Colectivo».
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00304660
A NTECEDENTES
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