Empleo público del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 10-07-2024

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Boletín Oficial Junta de Andalucía
10/07/2024 Empleo

3. Otras disposiciones. . (2024/133-43)

Resolución de 2 de julio de 2024, de la Universidad de Málaga, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de junio de 2024, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador para el año 2024.

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Resolución de 2 de julio de 2024, de la Universidad de Málaga, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de junio de 2024, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador para el año 2024.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 133 - Miércoles, 10 de julio de 2024

página 47683/1

3. Otras disposiciones
UNIVERSIDADES
Resolución de 2 de julio de 2024, de la Universidad de Málaga, por la que se
dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de junio de
2024, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del Personal Docente
e Investigador para el año 2024.

De conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre,
de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 (LPGE), prorrogada para el
año 2024, la incorporación de personal de nuevo ingreso con una relación indefinida en el
sector público se sujetará a una tasa de reposición de efectivos del 120% en los sectores
prioritarios. Entre ellos se encuentran las Universidades, respecto de las cuales se
determina que se aplicará una tasa de reposición de hasta un máximo del 120 por ciento,
a plazas de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores Titulares de Universidad, así como
a las de profesores contratados doctores de Universidad regulados en el artículo 52 de la
Ley Orgánica 6/2021, de 21 de diciembre. La alusión a esta Ley, ahora derogada, se debe
a que la aprobación de la LPGE se produce en un momento anterior a la entrada en vigor
de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (BOE de 23 de
marzo) –LOSU–, por lo que todas las citas a la norma derogada, deben entenderse a la
actualmente vigente (en tal caso, puede sustituirse la indicación de profesores contratados
doctores, salvo para determinar la tasa de reposición, por la profesores/as permanentes
laborales, del artículo 82 LOSU, a los efectos de dotación de nuevas plazas).
En el referido precepto de la norma presupuestaria (20.Dos.3.I) se establece, además,
la obligación de destinar, como mínimo, un 15% del total de plazas que se oferten a la
contratación, en aquella categoría para la que esté acreditado, de personal investigador
doctor que haya obtenido el certificado I3 dentro del marco del Programa Ramón y
Cajal. En el supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva,
estas se podrán ofertar a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales
o internacionales y que hayan obtenido el certificado I3. En este caso, la Universidad
deberá aportar un certificado del Ministerio de Universidades en el que conste que los
programas ofertados reúnen los requisitos establecidos en este apartado.
Para el cálculo de la tasa de reposición, conforme a lo previsto en el artículo 20.Tres.1
de la LPGE el porcentaje de tasa máximo autorizado se aplicará sobre la diferencia entre
el número de empleados fijos que, durante el ejercicio presupuestario anterior, dejaron
de prestar servicios, y el número de empleados fijos que se hubieran incorporado en
el referido ejercicio. A estos efectos se computan los ceses por jubilación, retiro,
fallecimiento, renuncia, declaración en situación de excedencia sin reserva de puesto
de trabajo, pérdida de la condición de funcionario de carrera, o cualquier otra situación
administrativa que no suponga la reserva de puesto de trabajo o la percepción de
retribuciones con cargo a la Administración en la que cesa. Del mismo modo, establece
que «No computarán para la tasa de reposición y, por tanto, no se tendrán en cuenta
para su cálculo (…) b) Las plazas que se convoquen por promoción interna, ni los ceses
derivados de dichos procesos, salvo los supuestos de acceso por este sistema al Cuerpo
de Catedráticos de Universidad, en los términos previstos en el artículo 62.2 de la Ley
Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades».
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00304632

ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 27 DE JUNIO DE 2024, POR
EL QUE SE APRUEBA LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DEL PERSONAL
DOCENTE E INVESTIGADOR PARA EL AÑO 2024

Otros empleos públicos del Boletín Oficial Junta de Andalucía del día 10-07-2024

Autoridades y personal. . (2024/133-5) Empleo

Resolución de 3 de julio de 2024, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se declara desierto el puesto de libre designación, por falta de candidato idóneo, convocado por resolución que se cita.

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Autoridades y personal. . (2024/133-20) Empleo

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Autoridades y personal. . (2024/133-22) Empleo

Resolución de 4 de julio de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo de carácter directivo de Dirección Económico Administrativa y Servicios Generales en el Área de Gestión Sanitaria Campo de Gibraltar Oeste.

3. Otras disposiciones. . (2024/133-36) Empleo

Resolución de 5 de julio de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo requerido por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, y se emplaza a terceros interesados.

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