Empleo público del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 09-09-2024

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Boletín Oficial Junta de Andalucía
09/09/2024 Empleo

Autoridades y personal. (2024/175-12)

Resolución de 4 de septiembre de 2024, de la Universidad de Málaga, por la que se publica la Oferta de Empleo Público del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios para el año 2024.

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Resolución de 4 de septiembre de 2024, de la Universidad de Málaga, por la que se publica la Oferta de Empleo Público del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios para el año 2024.
Página 1 del anuncio BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 175 - Lunes, 9 de septiembre de 2024

página 50158/1

2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
UNIVERSIDADES
Resolución de 4 de septiembre de 2024, de la Universidad de Málaga, por la
que se publica la Oferta de Empleo Público del Personal Técnico, de Gestión y
de Administración y Servicios para el año 2024.

Por todo lo anterior, y conforme a lo dispuesto en el artículo 70 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público; en el artículo 20 de la Ley 31/2022, de 23 de
diciembre de 2022, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00307107

De conformidad con lo establecido en el artículo 20.Uno de la Ley 31/2022, de 23 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para el
año 2024, la incorporación de personal de nuevo ingreso con una relación indefinida en el
sector público se llevará a cabo a través de la Oferta de Empleo Público, como plasmación
del ejercicio de la planificación en un marco plurianual, añadiendo que la configuración
concreta de la Oferta de Empleo Público se llevará a cabo a través de la tasa de reposición
de efectivos, instrumento con el que se concreta la planificación y se le otorga dimensión
en términos de efectivos con respecto de la plantilla actual, así como a través del resto de
medidas contenidas en ese artículo de la ley.
El apartado Dos de dicho artículo 20 establece que la Oferta de Empleo Público se
articulará a través de la tasa de reposición de efectivos que, en el caso de los sectores
prioritarios, entre los que se encuentra el Personal Técnico, de Gestión y de Administración
y Servicios de las Universidades Públicas, será del 120 por cien, siempre que por parte de
las Administraciones de las que dependan se autoricen las correspondientes convocatorias.
Por su parte, el artículo 20.Tres de la Ley de Presupuestos establece las reglas para la
aplicación de la tasa de reposición de efectivos, a cuyo efecto determina que para calcular
la misma, el porcentaje de tasa máximo autorizado se aplicará sobre la diferencia entre
el número de empleados fijos que, durante el ejercicio presupuestario anterior, dejaron
de prestar servicios y el número de empleados fijos que se hubieran incorporado en el
referido ejercicio, por cualquier causa salvo los supuestos previstos en el apartado Tres.4,
o reingresado desde situaciones que no conlleven la reserva de puestos de trabajo.
A estos efectos se computarán los ceses por jubilación, retiro, fallecimiento, renuncia,
declaración en situación de excedencia sin reserva de puesto de trabajo, pérdida de la
condición de funcionario de carrera o la extinción del contrato de trabajo, o en cualquier otra
situación administrativa que no suponga la reserva de puesto de trabajo o la percepción de
retribuciones con cargo a la Administración en la que se cesa.
En cumplimiento de lo previsto en el punto Siete del citado artículo 20, en el que se
establece el procedimiento que permite el seguimiento de la Oferta de Empleo por parte del
Ministerio competente en materia de Función Pública, con fecha de 25 de enero de 2024
le fue remitida por esta Universidad certificación con el número de bajas y altas tenidas en
cuenta en el cálculo de la tasa de reposición, contabilizando por este concepto un total de
cuarenta y cuatro plazas, considerando una tasa de reposición del 120%, cuya distribución
por escalas y subgrupos de personal funcionario, así como por grupos y categorías
profesionales de personal laboral, se detalla en el Anexo I.
En atención a lo establecido en el artículo 57.2.a) de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de
la Función Pública de Andalucía, en la oferta de empleo público se incluyen las plazas a
convocar por el sistema de promoción interna, cuyo número asciende a un total de cuarenta
y cinco plazas, y cuya distribución por escalas y subgrupos de personal funcionario, así
como por grupos y categorías de personal laboral, se especifica en el Anexo II.

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5. Anuncios. (2024/175-44) Empleo

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