Empleo público del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 18-02-2025
3. Otras disposiciones. (2025/33-20)
Resolución de 5 de febrero de 2025, de la Dirección General de Movilidad y Transportes, por la que se ordena la remisión del expediente administrativo y el emplazamiento a los terceros interesados en procedimiento ordinario ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, Sección 1.ª, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla.
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Resolución de 5 de febrero de 2025, de la Dirección General de Movilidad y Transportes, por la que se ordena la remisión del expediente administrativo y el emplazamiento a los terceros interesados en procedimiento ordinario ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, Sección 1.ª, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla.Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 33 - Martes, 18 de febrero de 2025
página 2190/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Resolución de 5 de febrero de 2025, de la Dirección General de Movilidad y
Transportes, por la que se ordena la remisión del expediente administrativo y
el emplazamiento a los terceros interesados en procedimiento ordinario ante el
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, Sección 1.ª, de la
Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla.
En cumplimiento de lo ordenado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía,
Ceuta y Melilla, Sección 1.ª, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla en el
procedimiento ordinario núm. 761/2024, que tiene su origen en el recurso contenciosoadministrativo interpuesto por Transportes Yago Pulido, S.L., contra la Resolución de
fecha 15 de octubre de 2024, de la Dirección General de Movilidad y Transportes de la
Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, que desestima el recurso
de reposición interpuesto contra la Resolución dictada por el mismo órgano, de fecha 8
de mayo de 2024, por la que se desestima la solicitud de ayudas para la transformación
de flotas, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
RESU ELVO
Primero. Anunciar la interposición del recurso contencioso-administrativo que ha dado
origen al procedimiento ordinario número 761/2024, y anunciar la orden de remisión de la copia
del correspondiente expediente administrativo al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía,
Ceuta y Melilla, Sección 1.ª, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla.
Sevilla, 5 de febrero de 2025.- El Director General, José Miguel Casasola Boyero.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015, y con carácter
previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de
su notificación.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315799
Segundo. Emplazar a aquellas personas interesadas cuyos derechos o intereses
legítimos pudieran quedar afectados por la estimación de las pretensiones de la persona
demandante, con el fin de que, si lo estimasen conveniente a sus intereses, puedan
comparecer y personarse en legal forma, en el plazo de los nueve días siguientes a la
publicación de esta resolución, ante dicho Juzgado.
Asimismo, y ante la posible existencia de personas interesadas en el procedimiento
que sean desconocidas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de
la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial del Estado, con el fin de que, si lo estimasen
conveniente a sus intereses, puedan comparecer y personarse en legal forma, en el plazo
de los nueve días siguientes a la publicación de esta resolución ante el Juzgado señalado
anteriormente.
De conformidad con lo previsto en el artículo 50.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
a las personas emplazadas, de personarse fuera del indicado plazo, se les tendrá por
parte, sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si
no se personaren oportunamente continuará el procedimiento por sus trámites sin que
haya lugar a practicarles notificación alguna.
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