Empleo público del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 14-07-2025
Autoridades y personal. (2025/133-19)
Resolución de 2 de julio de 2025, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se efectúa convocatoria pública para la provisión de la Dirección del Centro Público Integrado de Formación Profesional «Aynadamar» Código (18009377) de Granada (Granada), próximo a quedar vacante, mediante procedimiento de libre designación.
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Resolución de 2 de julio de 2025, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se efectúa convocatoria pública para la provisión de la Dirección del Centro Público Integrado de Formación Profesional «Aynadamar» Código (18009377) de Granada (Granada), próximo a quedar vacante, mediante procedimiento de libre designación.Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 133 - Lunes, 14 de julio de 2025
página 9825/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 2 de julio de 2025, de la Dirección General del Profesorado y
Gestión de Recursos Humanos, por la que se efectúa convocatoria pública
para la provisión de la Dirección del Centro Público Integrado de Formación
Profesional «Aynadamar» Código (18009377) de Granada (Granada), próximo
a quedar vacante, mediante procedimiento de libre designación.
El Decreto 334/2009, de 22 de septiembre, por el que se regulan los centros
integrados de formación profesional en la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece
en el artículo 19.2 que «la persona que ejerza la Dirección del Centro público integrado
de formación profesional será nombrada por la persona titular del Centro directivo
competente de la Consejería a la que este adscrita el centro, por el procedimiento de libre
designación. En el caso de los Centros integrados de formación profesional de titularidad
de la Administración educativa, el nombramiento se hará entre funcionarios públicos
docentes, conforme a los principios de mérito, capacidad y publicidad y previa consulta a
los órganos colegiados del centro».
Tras la aceptación, por parte de la Dirección General de Formación Profesional y
Educación Permanente de la renuncia al puesto de la actual titular de la Dirección del
Centro Público Integrado de Formación Profesional «Aynadamar», esta Dirección General
del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, en uso de las competencias que le
confiere el artículo 8 del Decreto 164/2024, de 26 de agosto, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, ha
resuelto dictar las siguientes bases en orden a la provisión de la dirección del referenciado
Centro Público Integrado de Formación Profesional.
Primera. Objeto.
La presente convocatoria tiene como objeto la provisión, mediante procedimiento de
libre designación, de la dirección del Centro Público Integrado de Formación Profesional,
«Aynadamar» Código (18009377) de Granada (Granada), próximo a quedar vacante.
Tercera. Solicitudes y plazos.
1. Las solicitudes irán dirigidas a la persona titular de la Dirección General del
Profesorado y Gestión de Recursos Humanos de la Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional y se cumplimentarán mediante la aplicación informática diseñada
a tal efecto, de acuerdo con las indicaciones e instrucciones que en la misma se incluyen,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323424
Segunda. Participantes y requisitos de las personas candidatas.
1. De conformidad con lo establecido en el artículo 19.2 del Decreto 334/2009, de
22 de septiembre, por el que se regulan los centros integrados de formación profesional
en la Comunidad Autónoma de Andalucía, podrá participar en la presente convocatoria
el personal funcionario de carrera de los cuerpos docentes recogidos en la disposición
adicional séptima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
2. El profesorado participante deberá tener, al menos, cinco años de antigüedad en uno
de los cuerpos docentes referidos en el párrafo anterior o, de forma acumulada, en varios.
3. Dichos requisitos habrán de haberse cumplido a la fecha del fin del plazo de
presentación de solicitudes.
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