Resolución de 27 de agosto de 2026, de la Viceconsejería, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo de libre designación.
Empleo público del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 07-09-2026
Autoridades y personal. Consejería de Fomento y Movilidad. (2026/173-37)
Resolución de 27 de agosto de 2026, de la Viceconsejería, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo de libre designación.
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Resolución de 27 de agosto de 2026, de la Viceconsejería, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo de libre designación.Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 173 - Lunes, 7 de septiembre de 2026
página 11507/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE FOMENTO Y MOVILIDAD
Resolución de 27 de agosto de 2026, de la Viceconsejería, por la que se
anuncia convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo de libre designación.
De conformidad con lo previsto en los artículos 124 y 128 de la Ley 5/2023, de 7 de
junio, de la Función Pública de Andalucía, y en los artículos 78 a 83 del Decreto 51/2025,
de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público,
y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la
Administración General de la Junta de Andalucía, por esta Viceconsejería, en virtud de la
competencia delegada por la Orden de 10 de noviembre de 2021 (BOJA núm. 219, de 15
de noviembre), se acuerda anunciar convocatoria para la provisión, por el procedimiento
de libre designación, del puesto de trabajo que se describe en el anexo de la presente
resolución, con sujeción a las siguientes bases:
Primera. Se convoca la provisión del puesto de trabajo, por el sistema de libre
designación, que se detalla en el anexo de la presente resolución.
Segunda. Podrá participar en la presente convocatoria el personal funcionario
de carrera que cumpla los requisitos y competencias exigidos para su desempeño en
la relación de puestos de trabajo y recogidos en el anexo de la presente resolución, y
aquellos otros de carácter general exigidos por la legislación vigente.
Tercera. Las solicitudes, dirigidas a la Viceconsejería de Fomento y Movilidad, se
presentarán en el plazo máximo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al
de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
obligatoriamente en el Registro Electrónico General de la Junta de Andalucía, de
conformidad con lo establecido en el artículo 14.2.e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o en los
registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a que se refiere el artículo 2.1 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer en el
plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación, recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, conforme a
lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00342737
Cuarta. En la solicitud figurará el puesto al que se concurre, los datos personales,
número de registro de personal, cuerpo de pertenencia y grado personal consolidado,
acompañándose «curriculum vitae» en el que se hará constar:
a) Títulos académicos.
b) Puestos de trabajo desempeñados en la Administración.
c) Estudios y cursos realizados y cuantos otros méritos se relacionen con el contenido
del puesto que se solicita.
Los méritos alegados deberán ser justificados con la documentación original o
fotocopias, debidamente compulsadas, cuando no consten en la Hoja de Acreditación
de Datos para el personal de la Junta de Andalucía. De la citada documentación se
presentarán tantas copias como puestos a los que se aspire.
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