Empleo público del Boletín Oficial del Estado en el día 04-07-2025

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04/07/2025 Empleo

Ministerio de Cultura. . I. Disposiciones generales. Organización. (BOE-A-2025-13661)

Orden CLT/686/2025, de 30 de junio, por la que se crean y regulan la Junta de Contratación y la Mesa de Contratación.

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Orden CLT/686/2025, de 30 de junio, por la que se crean y regulan la Junta de Contratación y la Mesa de Contratación.
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160

Viernes 4 de julio de 2025

Sec. I. Pág. 88283

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE CULTURA
Orden CLT/686/2025, de 30 de junio, por la que se crean y regulan la Junta
de Contratación y la Mesa de Contratación.

La presente orden crea y regula los órganos colegiados en materia de contratación
del Ministerio de Cultura, de acuerdo con los cambios organizativos efectuados por el
Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura
orgánica básica de los departamentos ministeriales y por el Real Decreto 323/2024,
de 26 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de
Cultura, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se
establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
En concreto la disposición transitoria segunda del citado real decreto, dispone que
hasta tanto se apruebe la orden ministerial y se constituyan los correspondientes
órganos colegiados de contratación adaptados a la estructura establecida en el presente
real decreto, subsistirán la Junta y la Mesa de Contratación con la estructura y facultades
que les atribuye la Orden CUD/1446/2018, de 28 de diciembre, por la que se crean y
regulan la Junta de Contratación y la Mesa de Contratación del Ministerio de Cultura y
Deporte.
De acuerdo con dicha previsión normativa, se crean y regulan la Junta de
Contratación y la Mesa de Contratación del Ministerio de Cultura en ejercicio de la
habilitación legal expresa de los artículos 323 y 326 de la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento
jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE
y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
La creación de dichos órganos colegiados se realiza mediante orden ministerial, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público. La Mesa de Contratación asistirá con carácter
permanente a los diversos órganos de contratación unipersonales de los Servicios
Centrales del Departamento.
En cuanto a su contenido y tramitación, la presente orden observa los principios de
buena regulación a que se refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Cumple con los
principios de necesidad y eficacia, por cuanto los cambios organizativos operados con
motivo de la aprobación del Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, así como del
Real Decreto 323/2024, de 26 de marzo, hacen necesaria su aprobación, posibilitando
de esta manera la adecuada atención de necesidades dimanantes no solo de los
Servicios Centrales del Ministerio de Cultura sino también de sus centros dependientes,
como los Museos y Archivos Estatales, muchos de ellos, además, repartidos en distintas
ubicaciones dentro del territorio español. Es acorde también con el principio de
proporcionalidad, al ser el medio más adecuado para cumplir estos objetivos, y con el
principio de seguridad jurídica dada su integración en el ordenamiento jurídico.
Asimismo, cumple con el principio de transparencia, ya que identifica claramente su
propósito. Por último, es coherente con el principio de eficiencia, ya que es una norma
que no supone un incremento de cargas administrativas y atiende y persigue el interés
general creando órganos adaptados a los cambios organizativos mencionados, lo que
permite dar continuidad a la actividad del Ministerio de Cultura en materia de
contratación, sobre la base de la desconcentración de determinadas competencias
administrativas.
Esta orden ha sido sometida a informe de la Junta Consultiva de Contratación
Pública del Estado, de conformidad con lo previsto en el artículo 328.3.c) de la

cve: BOE-A-2025-13661
Verificable en https://www.boe.es

13661

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