Empleo público del Boletín Oficial del Estado en el día 22-07-2025
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Relaciones de puestos de trabajo. (BOE-A-2025-15194)
Resolución de 21 de julio de 2025, de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se aprueba la relación de puestos de trabajo de las oficinas judiciales de los partidos judiciales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en que se constituirán los Tribunales de Instancia en fecha 31 de diciembre de 2025.
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Resolución de 21 de julio de 2025, de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se aprueba la relación de puestos de trabajo de las oficinas judiciales de los partidos judiciales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en que se constituirán los Tribunales de Instancia en fecha 31 de diciembre de 2025.Núm. 175
Martes 22 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 97905
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
15194
Resolución de 21 de julio de 2025, de la Secretaría General para la
Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se aprueba
la relación de puestos de trabajo de las oficinas judiciales de los partidos
judiciales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en que se
constituirán los Tribunales de Instancia en fecha 31 de diciembre de 2025.
La disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de
medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia establece que la
constitución de los Tribunales de Instancia se realizará de manera escalonada conforme
al siguiente orden:
La disposición transitoria quinta de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de
medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia determina que la
implantación de la oficina judicial será simultánea a la de los Tribunales de Instancia, en
los términos definidos en esta ley.
Con este fin, el Ministerio y las comunidades autónomas con competencias en
materia de Justicia, en sus respectivos ámbitos, deberán elaborar las relaciones de
puestos de trabajo de cada una de estas oficinas para su aprobación, previa negociación
con las organizaciones sindicales, así como proceder a la posterior provisión de los
puestos.
El artículo 522 de la Ley Orgánica 6/1985, de 6 de julio, del Poder Judicial determina
en sus apartados 1 y 2 que el Ministerio de Justicia elaborará y aprobará, previa
negociación con las organizaciones sindicales más representativas, las relaciones de
puestos de trabajo en que se ordenen los puestos de trabajo de las oficinas y unidades
previstas en el artículo 520.1, correspondientes a su respectivo ámbito de actuación. La
aprobación de las relaciones de puestos de trabajo se realizará mediante resolución de
la persona titular del centro directivo que tenga atribuida esta competencia.
La resolución de 5 de marzo de 2025 determina la estructura de las oficinas
judiciales del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes para el
despliegue de las oficinas judiciales del nuevo modelo organizativo regulado en la Ley
Orgánica 1/2025, de 2 de enero de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público
de Justicia, delimita los servicios que prestarán las diferentes unidades de la oficina
judicial e identifica los diferentes puestos de trabajo directivos y genéricos que podrán
existir en cada unidad, con una descripción sucinta de sus funciones por remisión a la
regulación contenida en la Ley Orgánica 6/1985, de 2 de julio, del Poder Judicial.
cve: BOE-A-2025-15194
Verificable en https://www.boe.es
1.º El día 1 de julio de 2025, los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción y los
Juzgados de Violencia sobre la Mujer, en aquellos partidos judiciales donde no exista
otro tipo de juzgados, se transformarán, respectivamente, en Secciones Civiles y de
Instrucción Únicas y Secciones de Violencia sobre la Mujer.
2.º El día 1 de octubre de 2025, los Juzgados de Primera Instancia, los Juzgados
de Instrucción y los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, en los partidos judiciales
donde no exista otro tipo de juzgados, se transformarán, respectivamente, en Secciones
Civiles, Secciones de Instrucción y Secciones de Violencia sobre la Mujer.
3.º El día 31 de diciembre de 2025, los restantes juzgados, no comprendidos en los
supuestos anteriores, se transformarán en las respectivas Secciones conforme a lo
previsto en la presente ley.
Otros empleos públicos del Boletín Oficial del Estado del día 22-07-2025
Resolución de 9 de julio de 2025, del Ayuntamiento de Alcorcón (Madrid), referente a la convocatoria para proveer varias plazas.
Resolución de 10 de julio de 2025, del Ayuntamiento de Nerja (Málaga), referente a la convocatoria para proveer varias plazas.
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