Empleo público del Boletín Oficial del Estado en el día 09-10-2025
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Relaciones de puestos de trabajo. (BOE-A-2025-20160)
Resolución de 7 de octubre de 2025, de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se aprueba la relación de puestos de trabajo del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia de las oficinas generales del Registro Civil de la Comunidad Valenciana.
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Resolución de 7 de octubre de 2025, de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se aprueba la relación de puestos de trabajo del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia de las oficinas generales del Registro Civil de la Comunidad Valenciana.Núm. 243
Jueves 9 de octubre de 2025
Sec. III. Pág. 129789
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
Resolución de 7 de octubre de 2025, de la Secretaría General para la
Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se aprueba
la relación de puestos de trabajo del Cuerpo de Letrados de la Administración
de Justicia de las oficinas generales del Registro Civil de la Comunidad
Valenciana.
El artículo 439 bis de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial
establece que a los efectos de esa ley, se entiende por oficina del Registro Civil aquella
unidad que, sin estar integrada en la Oficina judicial, se constituye en el ámbito de la
organización de la Administración de Justicia para encargarse de la llevanza del referido
servicio público según lo establecido por la Ley y el Reglamento del Registro Civil,
vinculándose funcionalmente para el desarrollo de dicho cometido al Ministerio de
Justicia a través de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.
Los puestos de trabajo de estas oficinas del Registro Civil, cuya determinación
corresponderá, en sus respectivos ámbitos, al Ministerio de Justicia y a las comunidades
autónomas con competencias asumidas serán cubiertos con personal de la
Administración de Justicia, que reúna los requisitos y condiciones establecidas en la
respectiva relación de puestos de trabajo.
La disposición adicional primera de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil
establece que los puestos de trabajo de las Oficinas del Registro Civil solo podrán ser
cubiertos por personal de la Administración de Justicia, y se ordenarán de acuerdo con lo
establecido en las correspondientes relaciones de puestos de trabajo.
Esta norma establece que las relaciones de puestos de trabajo y las dotaciones del
personal de la Administración de Justicia necesario para las Oficinas del Registro Civil se
determinarán mediante el procedimiento previsto en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de
julio, del Poder Judicial, para la ordenación e integración de las unidades que conforman
las oficinas judiciales.
La presente resolución tiene por objeto aprobar la relación de puestos de trabajo de
Encargados de las oficinas generales del Registro Civil ubicadas en localidades donde
se encontraban Registros Civiles Exclusivos de la Comunidad Valenciana a las que
resulta de aplicación además de la referida legislación orgánica la disposición adicional
segunda que regula el régimen jurídico de los Encargados de estas oficinas generales
del Registro Civil.
Conforme a la referida disposición, las plazas de los Encargados del Registro Civil de
las oficinas generales a las que se refiere esta resolución se proveerán entre letrados de
la Administración de Justicia por el sistema de libre designación y el nombramiento y el
cese se realizará a propuesta de la comunidad autónoma con competencias ejecutivas
en Registro Civil o asumidas en materia de justicia de aquellas oficinas que se
encuentren en su ámbito territorial.
Por razón de lo expuesto, previa negociación con las organizaciones sindicales más
representativas, y en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 3.2 e) del Real
Decreto 204/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, de
conformidad con los artículos 522 y concordantes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de
cve: BOE-A-2025-20160
Verificable en https://www.boe.es
20160
Otros empleos públicos del Boletín Oficial del Estado del día 09-10-2025
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