Empleo público del Boletín Oficial del Estado en el día 01-12-2025
Ministerio de Igualdad. . III. Otras disposiciones. Grupo de Expertos en la lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica. (BOE-A-2025-24356)
Resolución de 18 de noviembre de 2025, conjunta de la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores y Globales, de la Secretaría de Estado para la Unión Europea y la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se establece el procedimiento de selección de candidaturas para el Grupo de Expertos en la lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica.
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Resolución de 18 de noviembre de 2025, conjunta de la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores y Globales, de la Secretaría de Estado para la Unión Europea y la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se establece el procedimiento de selección de candidaturas para el Grupo de Expertos en la lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica.Núm. 288
Lunes 1 de diciembre de 2025
Sec. III. Pág. 156559
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE IGUALDAD
Resolución de 18 de noviembre de 2025, conjunta de la Secretaría de Estado
de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, la
Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores y Globales, de la Secretaría de
Estado para la Unión Europea y la Secretaría de Estado de Justicia, por la
que se establece el procedimiento de selección de candidaturas para el
Grupo de Expertos en la lucha contra la violencia contra las mujeres y la
violencia doméstica.
El artículo 66 del Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la
violencia contra las mujeres y la violencia doméstica (Convención o Convenio de
Estambul, CETS No. 210), de 11 de mayo de 2011, establece que el Grupo de Expertos
en la Lucha contra la Violencia contra las Mujeres y la Violencia Doméstica (en adelante,
GREVIO) se hará cargo de velar por la aplicación del Convenio por las Partes y
establece los principios básicos para la elección de las personas expertas
independientes que lo integran.
En dicho precepto se establece que el GREVIO estará compuesto por un mínimo de
diez y un máximo de quince miembros, debiendo tomarse en consideración una
participación equilibrada entre mujeres y hombres y una distribución geográficamente
equilibrada, así como la participación multidisciplinaria de expertos.
La elección de los miembros del GREVIO deberá realizarse conforme a un
procedimiento abierto y transparente, entre personalidades de alta integridad moral,
conocidas por su competencia en materia de derechos humanos, igualdad entre mujeres
y hombres, violencia contra las mujeres y violencia doméstica, o en asistencia y
protección a las víctimas, o que tengan una experiencia profesional reconocida en los
ámbitos incluidos en el convenio. Quienes componen el GREVIO participan en calidad
individual, siendo independientes e imparciales en el ejercicio de sus mandatos y
debiendo estar disponibles para desempeñar sus funciones de manera efectiva.
El GREVIO no podrá incluir a más de un miembro con nacionalidad del mismo
Estado. Sus integrantes deberán representar a los principales sistemas jurídicos y a los
actores e instancias pertinentes en el ámbito de la lucha frente a la violencia contra las
mujeres y la violencia doméstica.
El 19 de noviembre de 2014 se adoptó la Resolución CM/res (2014) 43 del Comité de
Ministros del Consejo de Europa, relativa a las reglas de procedimiento de elección de
los miembros del Grupo Experto sobre la lucha contra la violencia contra las mujeres y la
violencia doméstica (GREVIO). De conformidad con la regla 9 de esa resolución, cada
Estado Parte del Convenio de Estambul puede someter a la Secretaría General del
Consejo de Europa hasta tres candidaturas destinadas a cubrir los puestos vacantes en
GREVIO. Los miembros del GREVIO son elegidos por el Comité de Partes entre las
candidaturas cuyos nombres y curriculum vitae se hayan recibido al menos dos meses
antes de la elección.
De acuerdo con la regla 10, cada Estado Parte velará por que el procedimiento
nacional de selección de candidaturas a GREVIO sea transparente y abierto a la
concurrencia, a fin de que las personas candidatas sean las más cualificadas.
El mandato de cinco miembros del GREVIO expira el 31 de agosto de 2026.
Conforme al procedimiento ordinario, el Comité de las Partes deberá proceder a la
elección de cinco personas en su 20.ª reunión, que tendrá lugar el 2 de junio de 2026. De
acuerdo con la regla 14 de la Resolución CM/res (2014) 43 del Comité de Ministros del
Consejo de Europa, el mandato de un miembro del GREVIO será de cuatro años,
renovable una vez.
cve: BOE-A-2025-24356
Verificable en https://www.boe.es
24356
Otros empleos públicos del Boletín Oficial del Estado del día 01-12-2025
Resolución de 24 de noviembre de 2025, de la Universidad de Granada, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Gestión de Prevención y Salud Laboral.
Anuncio de formalización de contratos de: Jefatura de la Sección Económico Administrativa 12 - Agrupación del Acuartelamiento Aéreo Tablada. Objeto: Suministro de Repuesto General y Materiales para la Reparación de Vehículos de Dotación del Ejército del Aire y del Espacio. Expediente: 2025/EA12/00000915E.
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Anuncio de formalización de contratos de: Dirección General del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT). Objeto: Servicio de transporte del personal del CIEMAT en la Plataforma Solar de Almería. Expediente: 304328.