Empleo público del Boletín Oficial del Estado en el día 23-02-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia. (BOE-A-2026-4109)
Orden PJC/118/2026, de 20 de febrero, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de puestos de trabajo para el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.
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Orden PJC/118/2026, de 20 de febrero, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de puestos de trabajo para el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.Núm. 48
Lunes 23 de febrero de 2026
Sec. II.B. Pág. 27235
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
4109
Orden PJC/118/2026, de 20 de febrero, por la que se convoca concurso de
traslado para la provisión de puestos de trabajo para el Cuerpo de Letrados
de la Administración de Justicia.
De conformidad con lo establecido en los artículos 64, 78, 109 y 112 a 118 del
Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales aprobado por Real
Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, la disposición transitoria cuarta de la Ley
Orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de
julio, del Poder Judicial,
Este Ministerio ha acordado anunciar a concurso de traslado la provisión de las
plazas vacantes de los grupos segundo y tercero, que figuran en el anexo I, así como las
plazas de los mismos grupos cuyos titulares se encuentran en situación que lleva
consigo el derecho de reserva de plaza por ocupar un cargo de duración determinada y
dotado de inamovilidad que figuran en el anexo II.
El concurso se ajustará a las siguientes bases:
Primera.
Podrán tomar parte en este concurso los letrados de la Administración de Justicia
que pertenezcan a las categorías primera, segunda y tercera del Cuerpo de Letrados de
la Administración de Justicia, siempre que reúnan las condiciones generales exigidas y
los requisitos determinados en esta convocatoria, en la fecha en que termine el plazo de
presentación de solicitudes de participación.
Para poder concursar deberá haber transcurrido un periodo mínimo de dos años
entre la fecha de la orden por la que se convocó el concurso de traslados en el que la
persona obtuvo su último destino definitivo y la fecha de esta orden, o desde la fecha de
la orden en la que se la adjudicó el destino definitivo, si se trata de funcionarios o
funcionarias de nuevo ingreso. Las personas que no tengan destino definitivo, obligadas
a participar en los concursos de acuerdo con la normativa vigente, están excluidas de
esta limitación temporal.
Los letrados que estén desempeñando plaza reservada ofertada de acuerdo con lo
establecido en el artículo 64.4 del Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios
Judiciales y la ocupen definitivamente al resultar vacante no podrán volver a concursar si
no han transcurrido dos años desde la fecha de la orden en la que se convocó la plaza
que se les adjudicó provisionalmente.
La participación en este concurso de traslado de los letrados que estén
desempeñando puestos de libre designación tendrá la consideración de renuncia a los
mismos, condicionada a la concesión de los puestos solicitados, y exige que se haya
desempeñado aquellos puestos de trabajo durante dos años desde la fecha de la orden
en la que les fueron adjudicados.
Las Secretarias y los Secretarios de Gobierno y las Secretarias y los Secretarios
Coordinadores Provinciales nombrados con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley
Orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de
cve: BOE-A-2026-4109
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
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