Empleo público del Boletín Oficial del Estado en el día 07-03-2026
Cortes Generales. . III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2026-5372)
Resolución de 9 de diciembre de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los efectos de la COVID-19 sobre los ingresos de los ayuntamientos de comunidades autónomas sin órgano de control externo propio.
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Resolución de 9 de diciembre de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los efectos de la COVID-19 sobre los ingresos de los ayuntamientos de comunidades autónomas sin órgano de control externo propio.Núm. 59
Sábado 7 de marzo de 2026
Sec. III. Pág. 34467
III. OTRAS DISPOSICIONES
CORTES GENERALES
5372
Resolución de 9 de diciembre de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para
las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de
fiscalización de los efectos de la COVID-19 sobre los ingresos de los
ayuntamientos de comunidades autónomas sin órgano de control externo
propio.
La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del
día 9 de diciembre de 2025, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del
Informe de fiscalización de los efectos de la COVID-19 sobre los ingresos de los
ayuntamientos de comunidades autónomas sin órgano de control externo propio, acuerda:
1. Asumir el contenido, conclusiones y recomendaciones comprendidas en el
Informe de fiscalización de los efectos de la COVID-19 sobre los ingresos de los
ayuntamientos de comunidades autónomas sin órgano de control externo propio,
aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas en su sesión del día 28 de noviembre
de 2024, sin perjuicio y a salvo de las objeciones parciales que sean aprobadas de entre
las que se formulan a continuación.
2. Mostrar su acuerdo con el Informe de fiscalización de los efectos de la COVID-19
sobre los ingresos de los ayuntamientos de comunidades autónomas sin órgano de
control externo propio, aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas en su sesión del
día 28 de noviembre de 2024, tomando nota de las deficiencias señaladas por el Tribunal
de Cuentas que limitan y afectan a su representatividad.
3. Instar a los ayuntamientos comprendidos en el ámbito subjetivo del informe a:
– Adoptar las medidas necesarias para garantizar que la información comunicada al
Ministerio de Hacienda, en cumplimiento de las obligaciones de suministro de información
periódica previstas en la Orden HAP/2105/2021, de 1 de octubre, por la que se desarrollan
las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27
de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, se elabore con rigor y
aplicando criterios homogéneos, de manera que se mejore la calidad de los datos
comunicados.
– Garantizar que las medidas discrecionales relativas a los ingresos se adopten
sobre la base de estudios o informes que prevean, en la medida de lo posible, los
efectos que estas pueden tener, así como que se evalúen su oportunidad y eficacia de
las mismas para lograr los objetivos perseguidos.
– Dar cumplimiento a las recomendaciones contenidas en el Informe de fiscalización,
a la vista de la información incorporada al mismo, así como a sus conclusiones.
– Atender las recomendaciones y sugerencias que hace el Tribunal de Cuentas en
su informe.
Instar al Ayuntamiento de Santander a:
– Revisar los acuerdos en vigor con la entidad que presta el servicio de suministro
de agua y alcantarillado, estableciendo en ellos un régimen de retribución que no
implique la cesión de los ingresos por las tasas derivadas de la prestación de dichos
servicios. Tal recomendación ya figuraba recogida en el Informe de fiscalización de la
gestión recaudatoria en ayuntamientos de municipios con población superior a 100.000
habitantes de las comunidades autónomas sin órgano de control externo propio:
Ayuntamiento de Santander, aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas el 22 de
diciembre de 2015, sin haberse procedido a su cumplimiento.
cve: BOE-A-2026-5372
Verificable en https://www.boe.es
4.
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