Empleo público del Boletín Oficial del Estado en el día 24-06-2026
Cortes Generales. . III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2026-13711)
Resolución de 28 de abril de 2026, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de seguimiento de las recomendaciones del Informe de fiscalización «¿Han adaptado las Comunidades Autónomas de Cantabria y Extremadura sus planes de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales a las condiciones actuales de expansión y de desestacionalización de los incendios?».
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Resolución de 28 de abril de 2026, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de seguimiento de las recomendaciones del Informe de fiscalización «¿Han adaptado las Comunidades Autónomas de Cantabria y Extremadura sus planes de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales a las condiciones actuales de expansión y de desestacionalización de los incendios?».Núm. 153
Miércoles 24 de junio de 2026
Sec. III. Pág. 87536
III. OTRAS DISPOSICIONES
CORTES GENERALES
13711
Resolución de 28 de abril de 2026, aprobada por la Comisión Mixta para las
Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de
fiscalización de seguimiento de las recomendaciones del Informe de
fiscalización «¿Han adaptado las Comunidades Autónomas de Cantabria y
Extremadura sus planes de prevención, vigilancia y extinción de incendios
forestales a las condiciones actuales de expansión y de desestacionalización
de los incendios?».
La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del
día 28 de abril de 2026, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del
Informe de Fiscalización de seguimiento de las recomendaciones del Informe de
Fiscalización ¿Han adaptado las Comunidades Autónomas de Cantabria y Extremadura
sus planes de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales a las condiciones
actuales de expansión y de desestacionalización de los incendios?, acuerda:
1. Asumir el contenido, conclusiones y recomendaciones comprendidas en el
Informe de fiscalización de seguimiento de las recomendaciones del informe de
fiscalización ¿Han adaptado las Comunidades Autónomas de Cantabria y Extremadura
sus planes de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales a las condiciones
actuales de expansión y de desestacionalización de los incendios?, sin perjuicio y a
salvo de las objeciones parciales que se formulan a continuación.
2. Mostrar su acuerdo con el Informe de fiscalización de seguimiento de las
recomendaciones del informe de fiscalización ¿Han adaptado las Comunidades
Autónomas de Cantabria y Extremadura sus planes de prevención, vigilancia y extinción
de incendios forestales a las condiciones actuales de expansión y de
desestacionalización de los incendios?, tomando nota de las deficiencias señaladas por
el Tribunal de Cuentas, que limitan y afectan a su representatividad.
3. Instar a la Comunidad Autónoma de Cantabria a:
– Cumplir con el artículo 48.5.a de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes,
en cuanto a la obligación de incorporar a los planes anuales de prevención las
recomendaciones de los instrumentos de planificación forestal.
– Cumplir con el artículo 48.5.b de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes,
en cuanto a que los planes anuales de prevención deben señalar las infraestructuras que
tengan servidumbre de uso.
4.
Instar a la Comunidad Autónoma de Extremadura a:
5. Instar a la Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio
Climático de la comunidad autónoma de Cantabria a:
– Incluir en el plan anual de prevención, vigilancia y extinción de incendios
forestales, el establecimiento y disponibilidad de los medios de vigilancia y extinción
necesarios para dar cobertura a toda la superficie de la comunidad autónoma, con las
previsiones de dotaciones, financiación y modelo de organización.
cve: BOE-A-2026-13711
Verificable en https://www.boe.es
– Cumplir con el artículo 48.5.b de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes,
en cuanto a que los planes anuales de prevención deben señalar las infraestructuras que
tengan servidumbre de uso.
Otros empleos públicos del Boletín Oficial del Estado del día 24-06-2026
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