Orden PJC/917/2026, de 25 de agosto, por la que se aprueba el Contrato de Gestión de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo para el período 2026-2029.
Empleo público del Boletín Oficial del Estado en el día 02-09-2026
Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Contratación administrativa. (BOE-A-2026-18498)
Orden PJC/917/2026, de 25 de agosto, por la que se aprueba el Contrato de Gestión de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo para el período 2026-2029.
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Orden PJC/917/2026, de 25 de agosto, por la que se aprueba el Contrato de Gestión de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo para el período 2026-2029.Núm. 216
Miércoles 2 de septiembre de 2026
Sec. III. Pág. 118458
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
Orden PJC/917/2026, de 25 de agosto, por la que se aprueba el Contrato de
Gestión de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el
Desarrollo para el período 2026-2029.
La disposición adicional tercera de la Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias
estatales para la mejora de los servicios públicos, autorizó al Gobierno a crear la Agencia
Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (en adelante, AECID), para el
fomento, gestión y ejecución de las políticas públicas de cooperación internacional para
el desarrollo, dirigidas a la lucha contra la pobreza y la consecución de un desarrollo
humano y sostenible en los países en desarrollo.
La creación de la AECID se produjo por Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre,
por el que se aprueba su Estatuto, sucediendo al organismo autónomo Agencia
Española de Cooperación Internacional, una vez celebrada la reunión constitutiva de su
Consejo Rector el 9 de enero de 2008.
El primer Contrato de Gestión de la Agencia Española de Cooperación Internacional
para el Desarrollo fue aprobado mediante Orden PRE/1914/2009, de 13 de julio. Dicho
Contrato de Gestión tenía una vigencia de un año y se centraba en completar y
consolidar la conversión del organismo autónomo en agencia estatal.
El Consejo Rector, en sesión celebrada el 26 de marzo de 2014, aprobó la propuesta
del II Contrato de Gestión de la Agencia (2014-2017). No obstante, dicho texto no
culminó su tramitación. La derogación de la Ley 28/2006, de 18 de julio, operada por la
disposición derogatoria única de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, y la entrada en vigor de disposición adicional cuarta de esta hicieron
imposible la continuación de la tramitación del II Contrato de Gestión. Sin embargo, la
modificación establecida en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, por la disposición final
trigésima cuarta de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2021, reintrodujo, en su artículo 84, las agencias estatales como
organismos públicos vinculados o dependientes de la Administración General del Estado,
integrantes del sector público institucional estatal. De este modo, la disposición adicional
cuarta de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, dispone la adaptación de los organismos
existentes en el momento de la entrada en vigor de la norma antes del 1 de octubre
de 2024. Por otro lado, la Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el
Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global, establece, en su artículo 31.6, que la
AECID dispondrá de un Estatuto en el que se definirán sus fines, funciones, organización
y funcionamiento, con arreglo a los principios y objetivos de la Cooperación española
para el desarrollo sostenible definidos en ella. Para ello, habilita al Gobierno para
elaborar un nuevo Estatuto para la AECID, así como una serie de disposiciones
reglamentarias, como parte del desarrollo de la ley, relativas al Fondo Español para el
Desarrollo Sostenible, F.C.P.J. (FEDES, F.C.P.J.), el estatuto de las personas
cooperantes y la normativa de subvenciones en materia de cooperación para el
desarrollo sostenible y la solidaridad global. En el momento de elaboración de este
Contrato de Gestión, el desarrollo normativo de la Ley 1/2023, de 20 de febrero, ya ha
concluido.
En aplicación de dicho mandato legal, la Agencia Estatal «Agencia Española de
Cooperación Internacional para el Desarrollo» (en adelante, la AECID o la Agencia)
dispone de un nuevo Estatuto, aprobado por Real Decreto 1246/2024, de 10 de
diciembre. En él se contempla una actualización del objeto, fines, misión, visión y
cve: BOE-A-2026-18498
Verificable en https://www.boe.es
18498
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