Empleo público del Diario Oficial de Extremadura en el día 03-03-2025
Ayuntamiento De Robledollano. Oferta De Empleo Público. (2025080342)
Anuncio de 20 de febrero de 2025 sobre aprobación de la Oferta de Empleo Público para el año 2025.
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Anuncio de 20 de febrero de 2025 sobre aprobación de la Oferta de Empleo Público para el año 2025.11567
Lunes 3 de marzo de 2025
AYUNTAMIENTO DE ROBLEDOLLANO
ANUNCIO de 20 de febrero de 2025 sobre aprobación de la Oferta de Empleo
Público para el año 2025. (2025080342)
Por Resolución de Alcaldía de este Ayuntamiento de fecha 20 de febrero de 2025, se aprobó
la Oferta de Empleo Público correspondiente a las plazas que a continuación se reseñan para
el año 2025:
Personal funcionario:
Grupo
Subgrupo
N.º Vacantes
Denominación
A
A1/A2
0
Secretario-Interventor
C
C1/C2
0
Aux. Administrativo
Personal laboral:
Categoría laboral
Especialidad
N.º Vacantes
Denominación
Encargado
Mantenimiento
1
Encargado de Mantenimiento
En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local, el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con
los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso- administrativo de Cáceres en el plazo de dos meses, a contar desde el
día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara
por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso
que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Robledollano, 20 de febrero de 2025. El Alcalde-Presidente, JUAN CARLOS GARCÍA DURÁN.
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